Nacional Camino a la nueva Constitucion

Sobre la nueva constitución, votarás:

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    Votes: 23 18,1%
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Estado
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ZANGHERI

Mugiwara
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11 Agosto 2008
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Para ser diputado y otras vainas, no se requiere nacionalidad, sólo ciudadanía.

En la actual se pide nacionalidad.

¿Habrán cambiado esa weá en la comisión?

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wat0n

ya lo encontre
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21 Agosto 2004
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Otro de los iluminados del desconcierto:

Ver adjunto 24466

Actualmente, bajo el Decreto Supremo de 1960, para obtener la nacionalidad chilena, un extranjero puede solicitarla tras 5 años en territorio nacional, así que perfectamente puede darse la situación en que haya llegado un extranjero hace 5 años (2017), se nacionalice y se presente como candidato presidencial y resulte electo eventualmente, si es que se aprueba la nueva Constitución.

Si recibe nacionalidad, ya no es extranjero.
 

wat0n

ya lo encontre
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21 Agosto 2004
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Ninguno desde mi punto de vista, yo sólo aclaro el punto.

De hecho un weón que no haya pisado Chile en su vida y le hayan otorgado la nacionalidad por gracia, podría teóricamente postularse. O un hijo de chilenos que nunca haya vivido en Chile y se le pare la raja postularse.

Por la Ley electoral en cuanto al domicilio o residencia los podrían cagar, pero no por la Constitución.

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Para Presidente no, tiene que haber vivido 4 años en Chile. Eso dice el artículo.

Hay que ser justos también.
 

ZANGHERI

Mugiwara
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11 Agosto 2008
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Para Presidente no, tiene que haber vivido 4 años en Chile. Eso dice el artículo.

Hay que ser justos también.
El inciso Parisi, si lo considero, porque dice que hay excepciones que se justifiquen fundadamente y no entregan los criterios en que se debe fundar y se remite a residencia (y en la práctica se puede tener muchas residencias).

Ahora, es teórico, ni cagando pasará ¿Pero pa qué dejar la weá así si la pudieron cortar facilmente?

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wat0n

ya lo encontre
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21 Agosto 2004
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El inciso Parisi, si lo considero, porque dice que hay excepciones que se justifiquen fundadamente y no entregan los criterios en que se debe fundar y se remite a residencia (y en la práctica se puede tener muchas residencias).

Ahora, es teórico, ni cagando pasará ¿Pero pa qué dejar la weá así si la pudieron cortar facilmente?

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Creo que es para permitir que un naturalizado o un hijo de expatriados pueda ser electo. No creo que sea malo, el tema es acreditar residencia eso sí.
 

Harryccó

HarryLord
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8 Abril 2007
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Para ser diputado y otras vainas, no se requiere nacionalidad, sólo ciudadanía.

En la actual se pide nacionalidad.

¿Habrán cambiado esa weá en la comisión?

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demas po, si llevan como 20 veces presentando borradores y dudo mucho que sea el mismo al original boceto entregado a 1 mes y algo jajaja
 

gfpcware

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21 Noviembre 2007
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Conjunto de dudas wnas :

1.-
305.- Artículo 23. De los animales. Los animales son sujetos de especial protección. El Estado los protegerá, reconociendo su sintiencia y el derecho a vivir una vida libre de maltrato.
El Estado y sus organismos promoverán una educación basada en la empatía y en el respeto hacia los animales

Ya que no hay un texto señalando algo como : "Se exeptúa aquellos destinados a consumo humano, los cuales deberan ser criados y sacrificados lo más humanitariamente posible y faenados según normativa sanitaria determinada por ley"

¿Ya no habrán Asabados?



2.-
340.- Artículo 2.- Pluralismo jurídico. El Estado reconoce los sistemas jurídicos de los Pueblos Indígenas, los que en virtud de su derecho a la libre determinación coexisten coordinados en un plano de igualdad con el Sistema Nacional de Justicia. Estos deberán respetar los derechos fundamentales que establece esta Constitución y los tratados e instrumentos internacionales sobre derechos humanos de los que Chile es parte. La ley determinará los mecanismos de coordinación, cooperación y de resolución de conflictos de competencia entre los sistemas jurídicos indígenas y las entidades estatales

Ya que al momento de aprobarse esta constitucion no hay un texto juridico establecido por parte de los pueblos indigenas ...

¿esto es un mega-hiper-cheque en blanco sin limitaciones?



3.-
472.- Artículo 24.- Derecho al ocio. Todas las personas tienen derecho al descanso, al ocio y a disfrutar el tiempo libre.

¿Ya no me van a poder encanar por vagancia?



4.-
483.- Artículo nuevo- La Constitución reconoce los derechos culturales del Pueblo Tribal Afrodescendiente chileno, y asegura su ejercicio, desarrollo, promoción, conservación y protección, con pleno respeto a los instrumentos internacionales pertinentes.

¿who?


5.-
293.- Artículo 25.- Derecho a la consulta de los pueblos y naciones indígenas. Los pueblos y naciones indígenas tienen el derecho a ser consultados previamente a la adopción de medidas administrativas y legislativas que les afectasen. El Estado garantiza los medios para la efectiva participación de éstos, a través de sus instituciones representativas, de forma previa y libre, mediante procedimientos apropiados, informados y de buena fe.

Ya que toda norma, ley , decreto, etc, les va a afectar de una u otra manera...

¿los pueblos indigenas son ahora de facto el nuevo Senado de la PluriRepublica?


6.-
102.- Artículo 2.- Persona. En Chile, las personas nacen y permanecen libres, interdependientes e iguales en dignidad y derechos.
El Estado debe respetar, promover, proteger y garantizar los derechos fundamentales reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes. Para su protección, las personas gozarán de todas las garantías eficaces, oportunas, pertinentes y universales, nacionales e internacionales

291.- Artículo 23.- Derecho a la igualdad y no discriminación. La Constitución asegura el derecho a la igualdad. En Chile no hay persona ni grupo privilegiado. Queda prohibida toda forma de esclavitud.
Se asegura el derecho a la protección contra toda forma de discriminación, en especial cuando se funde en uno o más motivos tales como nacionalidad o apatridia, edad, sexo, orientación sexual o afectiva, identidad y expresión de género, diversidad corporal, religión o creencia, etnia, pertenencia a un pueblo y nación indígena o tribal, opiniones políticas o de cualquier otra naturaleza, clase social, ruralidad, situación migratoria o de refugio, discapacidad, condición de salud mental o física, estado civil, filiación o cualquier otra condición social

Tomando en consideracion todos los articulos que descriminan a favor de los pueblos originarios y la existencia de estos articulos que expresamente aseguran que TODAS las personas deben ser iguales sin descriminacion, inclusive por pertenencia a un pueblo/etnia/nacion indigena ...

¿ESTA CONSTITUCION AL SER APROBADA SE VOLVERA AUTOMATICAMENTE ANTICONSTITUCIONAL?

----


Sin más preguntas wnas, se despide atte.

g.

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PD: no es web . He revisado el texto y esta pesimamente mal redactado. Tiene inconsistencias de fondo y forma , es reiterativo, deja vacios legales, etc.
 

wat0n

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Son preguntas válidas. Pero en lo de la consulta, Atria nos dice que no son vinculantes:


Específicamente este post:


Esta interpretación de Atria además apoya lo que dije yo sobre el consentimiento: Las comunidades indígenas sí tienen poder veto en temas como planos reguladores. Y podría ocurrir que, por ejemplo, las de Santiago tengan como rehén a la conurbación completa para exigir algo a cambio del consentimiento. Desde relocalización a las mejores zonas de la ciudad, hasta $$$ y todo a costa del contribuyente. Y que además ni siquiera sea un beneficio que llegue a todos, ni tampoco que voten por ello democráticamente (entre ellos) si no que lo decida un líder tradicional como puede ser un Lonko mapuche, y que el beneficio se lo lleve esa persona.

Y además queda claro cuáles son, como mínimo, las que tienen este derecho:

5.Artículo 4.Chile es un Estado Plurinacional e Intercultural que reconoce la coexistencia de diversas naciones y pueblos en el marco de la unidad del Estado.

Son pueblos y naciones indígenas preexistentes los Mapuche, Aymara, Rapa Nui, Lickanantay, Quechua, Colla, Diaguita, Chango, Kawashkar, Yaghan, Selk'nam y otros que puedan ser reconocidos en la forma que establezca la ley.

@MELERIX ahora entiendes por qué no hay igualdad ante la ley? Las comunidades Mapuche, Aymara, Rapa Nui, Lickanantay, Quechua, Colla, Diaguita, Chango, Kawashkar, Yaghan, Selk'nam tienen poder de veto de políticas públicas que se definan a nivel regional, comunal o más localizado, siempre y cuando afecten sus derechos constitucionales. El resto no, a menos que se reconozca exhaustivamente en la ley a los grupos en cuestión como "pueblos originarios".
 
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MELERIX

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@MELERIX ahora entiendes por qué no hay igualdad ante la ley? Las comunidades Mapuche, Aymara, Rapa Nui, Lickanantay, Quechua, Colla, Diaguita, Chango, Kawashkar, Yaghan, Selk'nam tienen poder de veto de políticas públicas que se definan a nivel regional, comunal o más localizado, siempre y cuando afecten sus derechos constitucionales. El resto no, a menos que se reconozca exhaustivamente en la ley a los grupos en cuestión como "pueblos originarios".

yo entiendo a que es solo consulta, respecto a cosas que puedan afectarles directamente a ellos como pueblos originarios, y no a que estos pueblos estén por sobre la ley existente o futura.
 

wat0n

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yo entiendo a que es solo consulta, respecto a cosas que puedan afectarles directamente a ellos como pueblos originarios, y no a que estos pueblos estén por sobre la ley existente o futura.

No es la interpretación que da Atria al concepto de "consentimiento"
 

Valenciaga

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7 Mayo 2009
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Si recibe nacionalidad, ya no es extranjero.

Cae de cajón ¿no? Yo creo que Detro se refiere al corto tiempo más bien.

No conozco país (deben haber pienso) en que un nacionalizado pueda presentarse al más alto cargo de la nación. En la alta función pública como parlamento, gobernadores territoriales, alcaldes, etc, hay muchos.
 

beatlejo

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28 Julio 2019
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¿Tienes evidencia para compartir? Solo para estar seguro, nada más.... Eso de "se decían", "han habido personas" es muy al aire....

Cómo al aire fueron frases: Chile se está convirtiendo en chilezuela y cosas así verdad?


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wat0n

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21 Agosto 2004
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Esa disposición quedaría derogada de forma automática
 

Furia Roja

REPORTERO
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12 Mayo 2008
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La mejor campaña para el apruebo de parte de los del rechazo :troll




Contexto, la Cubillos y Felipe Kast entre otros están promocionando un trailer de un documental del Rechazo

Pero resulta que varios de los entrevistados fueron engañados con que se trataba de otra cosa, algunos diciendo que si no los sacan de ese documental presentarán acciones legales


 

Valenciaga

Motoquero HOG
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7 Mayo 2009
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Estuvo bueno el programa, Naranjo acusando a la derecha de ser quienes votaron por eliminar la bandera y el himno chileno, y ser además quienes desconocen que Chile forma un país único e indivisible...............y ni se arruga el hipócrita:

 
Estado
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