Nacional Conductor de Uber se niega a Control y termina baleado por Carabinero

Zuljin

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15 Enero 2004
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Edité el post y agregué mas información en base al documento que pusiste, por favor leelo

Me adelanté de inmediato a la parte en que el conductor se pone rebelde, pues todos entendemos que el chofer no le hizo caso al paco ni a la primera, segunda y tercera.

cito

El control de vehículos en cuyo interior existen personas desconocidas que presumiblemente pueden ser infractores de ley, es una actividad difícil y peligrosa debido al riesgo de agresiones imprevisibles en un escenario de innumerables variaciones.

Para garantizar que esta norma se cumpla, protegiendo a integridad física de los carabineros, y para permitir que el cinturón de tres puntas se destrabe con facilidad, existe una secuencia de acciones muy sencilla que debe implementarse una vez que el vehículo haya detenido la marcha: • Introducir la mano izquierda extendida por debajo de la cinta frontal del cinturón de seguridad hasta llegar al sistema de enganche. • Presionar el botón de liberación. • El conductor deberá dirigir su mano haciendo un abanico de derecha a izquierda, hacia el volante o en caso de tener que descender en forma rápida, hacia la manilla de apertura, esto permitirá que el cinturón baje en forma automática quedando en la posición natural. • El copiloto o jefe de patrulla deberá realizar la misma acción con la mano derecha, y el movimiento de la mano, después de haber presionado el botón de liberación, deberá ser de izquierda a derecha.

O sea, si el paco está enfrente del auto ni cagando puede meter la mano como dice el protocolo.


• El jefe de patrulla disminuirá su silueta para acercarse al vehículo controlado e intentará observar hacia el interior en búsqueda de amenazas ocultas. Para mirar mejor hacia el interior deberá aumentar la silueta para luego reducirla. Caminará en diagonal al vehículo controlado manteniendo una línea imaginaria de protección con el marco de la puerta.


En las fotos siempre se ven a los pacos evitando el frente del auto.
 

Carlos E. Flores

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17 Marzo 2005
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Me adelanté de inmediato a la parte en que el conductor se pone rebelde, pues todos entendemos que el chofer no le hizo caso al paco ni a la primera, segunda y tercera.

cito

El control de vehículos en cuyo interior existen personas desconocidas que presumiblemente pueden ser infractores de ley, es una actividad difícil y peligrosa debido al riesgo de agresiones imprevisibles en un escenario de innumerables variaciones.

Para garantizar que esta norma se cumpla, protegiendo a integridad física de los carabineros, y para permitir que el cinturón de tres puntas se destrabe con facilidad, existe una secuencia de acciones muy sencilla que debe implementarse una vez que el vehículo haya detenido la marcha: • Introducir la mano izquierda extendida por debajo de la cinta frontal del cinturón de seguridad hasta llegar al sistema de enganche. • Presionar el botón de liberación. • El conductor deberá dirigir su mano haciendo un abanico de derecha a izquierda, hacia el volante o en caso de tener que descender en forma rápida, hacia la manilla de apertura, esto permitirá que el cinturón baje en forma automática quedando en la posición natural. • El copiloto o jefe de patrulla deberá realizar la misma acción con la mano derecha, y el movimiento de la mano, después de haber presionado el botón de liberación, deberá ser de izquierda a derecha.

O sea, si el paco está enfrente del auto ni cagando puede meter la mano como dice el protocolo.


• El jefe de patrulla disminuirá su silueta para acercarse al vehículo controlado e intentará observar hacia el interior en búsqueda de amenazas ocultas. Para mirar mejor hacia el interior deberá aumentar la silueta para luego reducirla. Caminará en diagonal al vehículo controlado manteniendo una línea imaginaria de protección con el marco de la puerta.


En las fotos siempre se ven a los pacos evitando el frente del auto.

Yo entiendo que es para otro tipo de situación.
 

Marcel

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he estado buscando leyes y similares, lo único que aclaran es en las situaciones en que te pueden hacer un control de identidad, o realizar verificaciones, pero no encuentro en ningún documento oficial el procedimiento de alguien que se niega a un control y trata de darse a la fuga, en vehículo, solo el de peatones que tampoco esta completamente explicado.
Es curioso el comentario tomando en cuenta que respondes a algo que dice "El procedimiento y protocolo no es una ley", sabes lo que es la pirámide de Kelsen en leyes? o crees que todo tiene que ser ley hasta el más mínimo detalle?

En fin, el procedimiento de carabineros es claro.

1. El carabinero no debió colocarse en una situación de peligro (frente al auto).
2. En CHILE el protocolo no permite el uso del arma ante una fuga a no ser que las personas vayan armadas y/o representen un peligro inmediato a la vida de alguien (incluyendo el carabinero). No, no sirve decir "es que va en auto y a lo mejor al doblar la esquina le da por matar gente :plaf
3. Solo está habilitado para usar el arma, ante la existencia de agresión activa letal.

Entendiendo entonces que el simple de hecho darse a la fuga o ir en auto no justifican por si solos el uso de arma, el meollo del asunto entonces es esclarecer si el auto estaba siendo usado como arma posiblemente letal contra el carabinero. Sobre esto a mi me parece que el video presentado no muestra eso, sino más bien un intento de intimidación, el tipo intenta que el carabinero se haga a un lado, no pasarle por encima, sin embargo habría que ver otras tomas para entender mejor la situación, es dificil entender el grado de aceleración y desplazamiento desde la perspectiva que se da, habría que ver desde afuera para entender bien la situación desde el punto de vista del carabinero.
 

nibal2

pajarón nuevo
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15 Junio 2007
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Me adelanté de inmediato a la parte en que el conductor se pone rebelde, pues todos entendemos que el chofer no le hizo caso al paco ni a la primera, segunda y tercera.

cito

El control de vehículos en cuyo interior existen personas desconocidas que presumiblemente pueden ser infractores de ley, es una actividad difícil y peligrosa debido al riesgo de agresiones imprevisibles en un escenario de innumerables variaciones.

Para garantizar que esta norma se cumpla, protegiendo a integridad física de los carabineros, y para permitir que el cinturón de tres puntas se destrabe con facilidad, existe una secuencia de acciones muy sencilla que debe implementarse una vez que el vehículo haya detenido la marcha: • Introducir la mano izquierda extendida por debajo de la cinta frontal del cinturón de seguridad hasta llegar al sistema de enganche. • Presionar el botón de liberación. • El conductor deberá dirigir su mano haciendo un abanico de derecha a izquierda, hacia el volante o en caso de tener que descender en forma rápida, hacia la manilla de apertura, esto permitirá que el cinturón baje en forma automática quedando en la posición natural. • El copiloto o jefe de patrulla deberá realizar la misma acción con la mano derecha, y el movimiento de la mano, después de haber presionado el botón de liberación, deberá ser de izquierda a derecha.

O sea, si el paco está enfrente del auto ni cagando puede meter la mano como dice el protocolo.


• El jefe de patrulla disminuirá su silueta para acercarse al vehículo controlado e intentará observar hacia el interior en búsqueda de amenazas ocultas. Para mirar mejor hacia el interior deberá aumentar la silueta para luego reducirla. Caminará en diagonal al vehículo controlado manteniendo una línea imaginaria de protección con el marco de la puerta.


En las fotos siempre se ven a los pacos evitando el frente del auto.

1. Descenso del vehículo policial

La misión de Carabineros de Chile, consiste en “dar eficacia al derecho”, esto es, cumplir y hacer cumplir la ley, de modo que la primera obligación del personal de la institución es cumplir con los preceptos legales. La ley 18.290, ley de tránsito, establece que esta norma es obligatoria para todas las personas, incluyendo los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley: “a la presente ley, quedarán sujetas todas las personas que como peatones, pasajeros o conductores de cualquiera clase de vehículos, usen o transiten por los caminos, calles y demás vías públicas, rurales o urbanas, caminos vecinales o particulares destinados al uso público, de todo el territorio de la república” (artículo 1) y en cuanto al uso de cinturón de seguridad, preceptúa que este siempre es obligatorio siempre para los ocupantes de los asientos delanteros y los asientos traseros de los vehículos livianos (artículo 79 numeral 10).

Para garantizar que esta norma se cumpla, protegiendo a integridad física de los carabineros, y para permitir que el cinturón de tres puntas se destrabe con facilidad, existe una secuencia de acciones muy sencilla que debe implementarse una vez que el vehículo haya detenido la marcha:

• Introducir la mano izquierda extendida por debajo de la cinta frontal del cinturón de seguridad hasta llegar al sistema de enganche. • Presionar el botón de liberación.

• El conductor deberá dirigir su mano haciendo un abanico de derecha a izquierda, hacia el volante o en caso de tener que descender en forma rápida, hacia la manilla de apertura, esto permitirá que el cinturón baje en forma automática quedando en la posición natural.

• El copiloto o jefe de patrulla deberá realizar la misma acción con la mano derecha, y el movimiento de la mano, después de haber presionado el botón de liberación, deberá ser de izquierda a derecha.
Lo primero que pusiste, en mención al cinturón de seguridad trata de como bajarse del vehículo policial, no tiene nada que ver con el tema.

Lo segundo habla de como buscar amenazas dentro del vehículo.

Al menos ya no puedes alegar sobre que hacía el carabinero con el arma desenfundada. Según tu propio documento el carabinero debe ir con el arma en la mano.

Ahora, en ninguna parte dice que no puede ponerse delante del vehículo, así que tampoco te puedo discutir por ese argumento.
 

Marcel

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no creo que el paco esperara que el auto pasara por su lado para hacerlo parar y correr y ponerse delante, el paco estaba esperandolo a media calle lo hace parar a una distancia prudente por lo que siempre esta delante del vehiculo
Ese igual es buen punto, por eso habría que ver la situación más ampliada.
 

Marcel

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Ahora, en ninguna parte dice que no puede ponerse delante del vehículo, así que tampoco te puedo discutir por ese argumento.
Lo que se indica es que debe ponerse en una zona de seguridad, básicamente una zona donde no corra riesgos o los minimice.

Entonces, si el carabinero se puso delante del vehículo, usando su cuerpo a manera de escudo para que no siguiera, la cagó, si el carabinero hace parar el vehículo a una distancia prudente, el vehículo sigue y finalmente queda en la situación que vimos en el video, entonces no la cagó, sino que fue situacional, claro que en la segunda opción queda preguntarse por que se desplaza a su derecha siguiendo el movimiento del vehículo (por que eso se ve en el video).

Para mi es como la definición de foul en basketball, si chocas moviéndote para bloquear a un jugador es foul, pero si estabas ahí y el tipo con la pelota te choca sin que tu te hayas desplazado, el foul es de él. Salvo que aquí es con pistolas y autos :)
 
Última modificación:

Marcel

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Miren lo que pille:
http://deptoddhh.carabineros.cl/assets/presentacion_derechos_humanos-funcion_policial.pdf

No_se_puede_disparar_carabineros.jpg
 

ANDREGRANDIE

el escopeta..
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27 Marzo 2009
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Mucha tele.
No entiendo cómo el policía termina frente al automóvil en una situación totalmente riesgosa para él e innecesaria a la vez.

No creo que el paco sacase el arma a la primera, creo que empezaron las negaciones por parte del conductor y ahi el paco se boto a choro con la pistola . Ese evento gatilla que el conductor empieze a grabar . En pocas palabras al no tener los hechos previos al video es practicamente imposible para nosotros los mortales civiles tener saber lo que paso,solo podemos especular.

Les recuerdo que la zona del aeropuerto solo los vehiculos concesionados pueden recibir pasajeros mientras que el resto (Uber y taxis ) solo pueden dejar pasajeros. La unica exepcion a esta regla es cuando el pasajero llama a una compañia de taxis establecida para que lo vayan a recoger ( ni Uber ni los taxis libres / pirata califican )

Uber ya sabe que esta zona no puede tener acceso y aun asi se pasa por la raja las leyes chilenas
 

rodrigokfw

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por esto, es que siempre recomiendo los autos blindados, pero ni idea cuanto valen. xD
 

Harima

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sigo buscando y nada, ya que el doc que subieron antes es en un caso especifico, y como faltan antecedentes del caso, por ejemplo muchas veces el vehículo esta en la acera y hay un carabinero antes del control indicándoles a los vehiculos que se orillen para el control, y hay mas de un carabinero en el lugar.
Marco jurídico
La facultad de Carabineros para el empleo de la “fuerza pública” se basa en que se trata de un servicio a cargo de “garantizar el orden y la seguridad en sociedad“, según lo normado en el artículo 101 inciso segunda de la Constitución.

A su vez, la Ley N° 18.961, de 1990 “Orgánica Constitucional de Carabineros de Chile” confiere a Carabineros sus atribuciones legales, mientras que las causales de justificación penales específicas ante los posibles efectos dañinos de la fuerza coactiva se encuentran en el Código Penal.

De acuerdo a una circular de Carabineros sobre el uso de la fuerza, ésta sólo se debe aplicarse “cuando sea estrictamente necesaria y en la medida requerida para el desempeño de las funciones policiales”.

Armas de fuego
Por su parte, establece que el empleo de armas de fuego “debe considerarse una medida extrema, en circunstancias excepcionales que supongan un peligro inminente de muerte o lesiones graves para el carabinero o para cualquier otra persona” y se basan en tres principios.

Principio de legalidad: El uso de la fuerza debe efectuarse en el cumplimiento del deber y empleando métodos (procedimientos) y medios (armas) que hayan sido previamente autorizados por Carabineros. Ejemplos: cada Carabinero porta en su cinturón de servicio elementos de protección como esposas, bastón de servicio y arma de fuego.

Principio de necesidad: su empleo es el último recurso frente a la resistencia de un fiscalizado o para repeler una agresión ilegitima. Ejemplo: una persona puede ser inmovilizada por la fuerza si no ha accedido voluntariamente a la fiscalización.

Principio de proporcionalidad: significa que debe haber un equilibrio entre el grado de resistencia o de agresión que sufre un Carabinero y la intensidad de fuerza que se aplica para lograr que la persona se someta al control policial. Ejemplo: un Carabinero puede emplear su bastón de servicio para inhibir una agresión de una persona que utiliza sus puños, y puede usar su arma de fuego para repeler amenazas potencialmente letales como armas blancas o de fuego.

De acuerdo a este boletín que imparte instrucciones a los funcionarios, “el uso de la fuerza potencialmente letal constituye una medida extrema solamente justificada por la legítima defensa de la vida”.

Disparos a neumáticos
Las instrucciones señalan que las armas de fuego sólo se emplear para acabar con un ataque y desaconseja efectuar disparos al aire o a neumáticos.

“El arma de fuego sólo se empleará para interrumpir una agresión, es decir, para hacer cesar un ataque grave que afecta la integridad de una persona. De esta manera, el arma de fuego no debe emplearse para hacer demostraciones de fuerza sino para neutralizar a un agresor peligroso de la manera más inmediata posible. Por esta razón, es desaconsejable preparar el arma en casos que no son extremos, efectuar disparos al aire, o a los neumáticos de un vehículo“, explicita.

De acuerdo a lo señalado, “los estándares internacionales de derechos humanos justifican el empleo de armas de fuego en los casos de legítima defensa” cuando se verifican una serie de pasos, detallados a continuación.

1.- Identificarse verbalmente como carabinero: ¡ALTO CARABINERO!

2.- Dar una advertencia clara de intención de disparar y proporcionar tiempo suficiente para que se entienda: ¡SUELTE EL ARMA! ¡NO SE MUEVA! ¡MANOS ARRIBA!

3.- Cubrirse, verificar que no se ponga en riesgo la integridad de terceros, priorizar disparos selectivos.

4.- Proporcionar auxilio al lesionado

5.- Dar cuenta a jefatura superior directa de forma inmediata

6.- Identificar, ubicar e informar a familiares del lesionado

7.- Elaborar una cuenta o informe escrito

Entre las conclusiones, se señala que “estas pautas no sólo dan garantías a la comunidad del alto estándar de servicio que quiere alcanzar permanentemente Carabineros”, sino que “legitiman y jurídica y éticamente las intervenciones policiales en que se hace uso de la fuerza”.
 

Dark Zeppelin

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21 Mayo 2006
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La culpa es del uniformado, pues fue él quien entorpeció el libre desplazamiento del ciudadano contribuyente, por lo cual este último tenía todo el derecho a defenderse de la agresión. Por lo demás, el conductor no eligió voluntariamente ser controlado, lo que agrava la falta del uniformado.
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Sociedad de mierda que estamos construyendo, donde los derechos lo son todo y los deberes son nada.
@Pato el problema es otro, las casas y profesores (sin vocación) crían hijos y educan, para que respeten las normas por temor a la sanción, y no por convicción.
Son increíble los resultados que se obtienen al enseñar a los niños que las normas existen y se deben respetar para proteger a la sociedad, que es un bien muy frágil, y no porque sí o vendra un Carabinero y te correra bala.
 

Dark Zeppelin

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sigo buscando y nada, ya que el doc que subieron antes es en un caso especifico, y como faltan antecedentes del caso, por ejemplo muchas veces el vehículo esta en la acera y hay un carabinero antes del control indicándoles a los vehiculos que se orillen para el control, y hay mas de un carabinero en el lugar.
Conoces las normas de integración e interpretación?
Así que ojo.
 

Dark Zeppelin

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Eso es el punto, la proporcionalidad.

A mi me parece claro que no sigue el protocolo, la acción está entre resistencia activa y agresión activa, pero en ningún caso agresión activa letal que sería la única forma que el protocolo justifica el uso de armas.

Que el carabinero por susto, falta de experiencia, etc haga algo así no es para tanto, francamente lo peor hasta ahora que he visto es que salga una autoridad de carabineros diciendo que todo estuvo, por la raja se pasa el protocolo que no permite el uso del arma de fuego ante resistencia activa o incluso agresión activa, francamente lamentable.

Por lo que ví en el video, aparentemente el carabinero no respetó todos los procedimientos o pasos que establece el protocolo.
Además si uno es mas clever, se dará cuenta que todo lo que vende el cine y la televisión es una vulgar mentira. ;)
Otra cosa es lo censurable de la actitud del conductor, pero me pregunto cuantos tipos se compartan de peor manera cuando ven vulnerados sus aparentes derechos. La falta de respeto a nuestros policías y etc.
 

ANDREGRANDIE

el escopeta..
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la culpa es de los dos, uno por webear y el otro por no medirse ( pero quien mas culpa tiene es el conductor )
 

sebastian.bilbao

Abogueitor.
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31 Agosto 2005
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Agrego datos al debate...
1. Manejar uber es simple falta.
2. Escapar de control de carabineros es simple falta.
(ambas se tramitan en JPL).
3. Uso excesivo de la fuerza en una detención es un delito.

Otro dato..
El Carabinero tenía la licencia y los papeles del auto.
El supuesto intento de atropello fue a 5kmh (velocidad a la que una persona puede caminar de espalda)
Las grúas las llama el funcionario de carabineros, ellos eligen..

En cuanto a la legítima defensa, quizás el requisito más importante junto con la inminencia es la proporcionalidad.

Anda circulando una serie de citas de normas que no son citas. De hecho son inventos que la gente no corrobora.

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Carlos E. Flores

Zombie
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@Pato el problema es otro, las casas y profesores (sin vocación) crían hijos y educan, para que respeten las normas por temor a la sanción, y no por convicción.
Son increíble los resultados que se obtienen al enseñar a los niños que las normas existen y se deben respetar para proteger a la sociedad, que es un bien muy frágil, y no porque sí o vendra un Carabinero y te correra bala.

El sentido común no se enseña.
 

ANDREGRANDIE

el escopeta..
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Agrego datos al debate...
1. Manejar uber es simple falta.
2. Escapar de control de carabineros es simple falta.
(ambas se tramitan en JPL).
3. Uso excesivo de la fuerza en una detención es un delito.

Otro dato..
El Carabinero tenía la licencia y los papeles del auto.
El supuesto intento de atropello fue a 5kmh (velocidad a la que una persona puede caminar de espalda)
Las grúas las llama el funcionario de carabineros, ellos eligen..

En cuanto a la legítima defensa, quizás el requisito más importante junto con la inminencia es la proporcionalidad.

Anda circulando una serie de citas de normas que no son citas. De hecho son inventos que la gente no corrobora.

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Creo que olvidaste mencionar de que el aeropuerto es una zona especial por lo tanto tiene leyes extras referentes al uso de vehiculos de alquiler
 

sebastian.bilbao

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Creo que olvidaste mencionar de que el aeropuerto es una zona especial por lo tanto tiene leyes extras referentes al uso de vehiculos de alquiler
Si y no. No cambia que la sanción máxima sean multas. Y las normas especiales son de gradación inferior. Normalmente reglamentaria.

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