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- 27 Octubre 2010
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Como es de público conocimiento, hoy se ha dado inicio a los alegatos en La Haya, alegatos que tienen por objetivo determinar si el mencionado tribunal tiene o no competencia para fallar en la demanda marítima del vecino país en contra de Chile.
El argumento principal de Bolivia se basa en que el estado d eChile, durante la década del '50 envió a La Paz una serie de notas diplomáticas referidas a la aspiración boliviana de conseguir una salidad soberana al Mar. Otro argumento, son las negocaciones establecidas por los dictadores de ambos países en los años '70 y que en términos simples se basaban en el intercambio mutuo de tierras soberanas.
Chile, por su parte, establece que las mencionadas notas y negociaciones se insertan dentro de las materias del tratado de 1904 (que establece los límites definitivos chileno-boliviano) y por tanto, aplica el artículo VI del pacto de Bógota, que establece que dicho pacto no tiene injerencia en asuntos resueltos previos a su firma, cito
Dado que el debate se centrará básicamente en lo expuesto , esto es, comptencia de La Haya para media sobre el conflicto, dejaré para más adelante un pequeño resumen con los hechos históricos que fundamentan la posición chile y boliviana en términos de territorios perdidos y ganados.
Saludos
El argumento principal de Bolivia se basa en que el estado d eChile, durante la década del '50 envió a La Paz una serie de notas diplomáticas referidas a la aspiración boliviana de conseguir una salidad soberana al Mar. Otro argumento, son las negocaciones establecidas por los dictadores de ambos países en los años '70 y que en términos simples se basaban en el intercambio mutuo de tierras soberanas.
Chile, por su parte, establece que las mencionadas notas y negociaciones se insertan dentro de las materias del tratado de 1904 (que establece los límites definitivos chileno-boliviano) y por tanto, aplica el artículo VI del pacto de Bógota, que establece que dicho pacto no tiene injerencia en asuntos resueltos previos a su firma, cito
ARTICULO VI. Tampoco podrán aplicarse dichos procedimientos a los asuntos ya resueltos por arreglo de las partes, o por laudo arbitral, o por sentencia de un tribunal internacional, o que se hallen regidos por acuerdos o tratados en vigencia en la fecha de la celebración del presente Pacto
Dado que el debate se centrará básicamente en lo expuesto , esto es, comptencia de La Haya para media sobre el conflicto, dejaré para más adelante un pequeño resumen con los hechos históricos que fundamentan la posición chile y boliviana en términos de territorios perdidos y ganados.
Saludos