Min. Transportes anuncia ELIMINACION de PPU Delantera en Motos

K3rnelpanic

non serviam
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El sábado fué el "día nacional del motokero shileno :shia:", y dentro de toda la parafernalia local, los cueros, escapes liberados y motos zorreadas de motoclub, el Dip. Ramón Farías (conocido motokero chilensis) y el Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, anunciaron que se eliminaría la PPU de motos, mediante decreto enviado por el mismo, y que esperan que a mediados de año se pueda al fin transitar como corresponde.

Transportes anuncia decreto que elimina uso de patente delantera en motos - BioBioChile

=D
 

Pescador

Pajarón Viejo
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¡Pschs...!!

En la Tv (no me acuerdo en que canal) mostraron una nota de dos pacos en moto sacando un parte a un motoquero por no tener patente delantera en su moto, y resulta que ellos tampoco la tenían... :plaf

La situación fue grabada incluso cuando el afectado les pedía su número de placa y los "guardianes de la seguridad" se negaron a darla caradura nomás...

Saludos
 

The illusive man

Cerberus Agent
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Excelente, siempre ha sido un cacho fijar la patente delantera, con mi primera moto di cualquier jugo :yao
 

K3rnelpanic

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¡Pschs...!!

En la Tv (no me acuerdo en que canal) mostraron una nota de dos pacos en moto sacando un parte a un motoquero por no tener patente delantera en su moto, y resulta que ellos tampoco la tenían... :plaf
La situación fue grabada incluso cuando el afectado les pedía su número de placa y los "guardianes de la seguridad" se negaron a darla caradura nomás...

Saludos

Así es, aunque para temas legales las patentes de los pacops son solo referenciales, ya que ellos no estan dentro del registro nacional de vehiculos motorizados :zippy

- - - Updated - - -

Excelente, siempre ha sido un cacho fijar la patente delantera, con mi primera moto di cualquier jugo :yao

Yo la fijé con amarras plásticas. Ni ahí con romper los plásticos xD
 

Pescador

Pajarón Viejo
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Así es, aunque para temas legales las patentes de los pacops son solo referenciales, ya que ellos no estan dentro del registro nacional de vehiculos motorizados :zippy

Ya pero... ¿ El que no estén sujetos al registro nacional de vehículos motorizados los autoriza para no cumplir la ley...?

Pregunto porque si fuera por eso los radio patrullas, por ejemplo, podrían andar sin patente ni adelante ni atrás lo que es claramente una incoherencia.

Busqué acá, pero no logré acarar mis dudas:

http://www.carabineros.cl/transparencia/transparencia2009/_20Reglamento.pdf

En la página 19 del PDF se habla de las patentes y esas cosas.

Saludos
 

K3rnelpanic

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Ya pero... ¿ El que no estén sujetos al registro nacional de vehículos motorizados los autoriza para no cumplir la ley...?

Pregunto porque si fuera por eso los radio patrullas, por ejemplo, podrían andar sin patente ni adelante ni atrás lo que es claramente una incoherencia.

Busqué acá, pero no logré acarar mis dudas:

http://www.carabineros.cl/transparencia/transparencia2009/_20Reglamento.pdf

En la página 19 del PDF se habla de las patentes y esas cosas.

Saludos

Mi estimado Pescador, en la misma ley se aclara que las FFAA estan exentas del uso de PPU.

Artículo 48.- La exigencia de patente única
tendrá las siguientes excepciones:
1.- Las Municipalidades podrán otorgar, anualmente,
permisos de circulación provisional a las personas
naturales o jurídicas con establecimientos comerciales
dentro de sus comunas, para ser utilizada por la casa
comercial en los vehículos motorizados nuevos, para sus
necesidades de traslado o exhibición en la vía
pública.
Estos permisos se otorgarán en un determinado
número, no superior a cinco para una misma persona
natural o jurídica. En casos especialmente calificados
por la Municipalidad, este número podrá aumentar a
diez.
2.- Los vehículos extranjeros en tránsito temporal
que tengan la placa de su país y que hayan cumplido las
exigencias que requiere la patente extranjera;
3.- Los vehículos nuevos cuyos propietarios los
internen al país o los adquieran en una firma
importadora, de una armaduría o un establecimiento
comercial, podrán transitar por la vía pública por un
tiempo no superior a cinco días con la factura de
compra del vehículo, para el solo efecto de obtener la
patente única y el permiso de circulación, y
4.- Los vehículos pertenecientes a las Fuerzas
Armadas y a Carabineros de Chile, debidamente
identificados y destinados exclusivamente a uso militar
o policial, según el caso.
 

K3rnelpanic

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¿ O sea que un radio patrullas puede andar sin patente...?

Disculpa lo porfiado, pero así se aprende...

Lo que usan los vehículos de carabineros y fuerzas armadas son siglas identificatorias, no placas patentes emitidas por el registro civil, ello aparece en el mismo documento que publicó usted en el otro comentario :zippy
TÃ￾TULO III

DE LOS DISTINTIVOS DE LOS

VEHÃ￾CULOS

Artículo 3º.-

La Dirección de Logística

de acuerdo a las necesidades del servicio,

características y funciones que cumplen, de-

terminará los distintivos, siglas y números

de identificación a los vehículos, con las ex-

cepciones debidamente calificadas que esti-

me procedentes
 

K3rnelpanic

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¿ O sea que un radio patrullas puede andar sin patente...?

Disculpa lo porfiado, pero así se aprende...

Pero contestando a su pregunta, No, no es posible. El mismo título II lo indica, ya que este describe los tipos de vehículos que utiliza la institución, allí describe que los vehículos policiales deben utilizar indefinidamente una placa patente emitida por la casa de moneda pero con las siglas identificatorias propias de la institucion.

- 13 -
DIRECTIVA COMPLEMENTARIA DEL
REGLAMENTO DE VEHÃCULOS
PARA CARABINEROS DE CHILE, Nº 20
GENERALIDADES
La preponderancia que en todo orden de
actividades tienen hoy día los medios de trans-
porte, determina que el uso de los vehículos
terrestres, aéreos, fluviales o marítimos, sea
una necesidad imprescindible en la infraes-
tructura de apoyo logístico de toda institución
policial moderna.
En el desempeño de las funciones que le
son propias a Carabineros de Chile, estos
medios de transporte constituyen un factor
primordial con respecto a todos aquellos con
que dispone la Institución, debiendo encon-
trarse permanentemente en óptimas condi-
ciones de uso y mantenimiento, pues en ello
reside, en gran medida, el éxito de la
función policial.
Por otra parte, es necesario considerar la
capacidad física y síquica de quienes se
desempeñan como conductores de vehículos
fiscales de Carabineros, como asimismo su
mayor o menor aptitud para esta actividad
específica.
1
El volumen de la flota vehicular y el im-
portante capital de inversión que significa
para Carabineros, hace necesario detallar las
normas que regulan el uso, conducción,
mantenimiento y conservación de estos re-
cursos institucionales, refundiendo además,
todas las disposiciones sobre el particular en
un solo texto que facilite su consulta y haga
más expedito su cumplimiento.
CAPÃTULO I
1.- CLASIFICACIÓN Y SIGLAS DE LOS
VEHÃCULOS.
1.1.
- De acuerdo a sus características técni-
cas, uso y funciones a las que se destinan, los
vehículos se clasifican en:
- Vehículos de Comando;
- Vehículos Policiales;
- Vehículos de Apoyo Táctico, y
- Vehículos de Apoyo Logístico.
1.2.-
Las siglas de los diferentes vehículos
de Carabineros serán las siguientes:
Automóviles patrulleros...................... RP
Ambulancias........................................... A
Buses......................................................... B
Camiones................................................. C
Camionetas policiales........................... AP
Carrozas funerarias............................... F
Carros blindados.................................... CB
Carros grúas............................................ AG
Furgones policiales................................ Z
Jeeps.......................................................... J
Lanza aguas............................................. LA
Lanchas..................................................... LC
Motos........................................................ M
1.3.-
Los vehículos institucionales
identificables están exentos de la obligación
de portar patente única, de conformidad al
texto vigente del artículo 48º, Nº 4 de la Ley
de Tránsito Nº 18.290

2
de 1984 y deberán lle-
var siglas y números institucionales que los
identifiquen. Deben portar placa patente
institucional, que será proporcionada por la
Sección Reparaciones y Mantenimiento de
Vehículos, conforme a las normas estableci-
das en el Capítulo VI de esta Directiva.

Espero haber aclarado sus dudas estimado :D

Atentamente: cabo martinez :risas
 

Pescador

Pajarón Viejo
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Lo que usan los vehículos de carabineros y fuerzas armadas son siglas identificatorias, no placas patentes emitidas por el registro civil, ello aparece en el mismo documento que publicó usted en el otro comentario :zippy

Ya... Pero si están sujetos a una placa identificatoria (patente diferente, pero patente igual...)

Cito la wiki:

Carabineros de Chile[editar]

En el formato correspondiente al parque vehicular de Carabineros de Chile, se utilizan las combinaciones y/o letras: B para buses, RP para radiopatrullas, AP paraapoyo policial, M para motocicletas, Z para camionetas, furgones y retenes móviles, LA para carros lanzaaguas, J para jeep (por lo común Lanza Gases), AG para grúa, entre otras. Les siguen la asignación numérica correspondiente. Sobre la combinación alfanumérica se encuentra la inscripción CARABINEROS DE CHILE
EDIT: Ya lo acaraste

Ahora como buen campesino porfiao, insisto con la pregunta: ¿ La ley autoriza a los vehículos de las FFAA a circular SIN PATENTE (o como se llame esa placa identificatoria)...? EDIT: Ya respondido.

¿ Se dice en alguna parte que deben tener esa placa identificatoria sólo atrás del vehículo...?

No me queda claro... :zippycafe

EDIT: No vi tu post anterior y sólo me queda la duda planteada en la última pregunta...
 
Última modificación:

K3rnelpanic

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1 Octubre 2007
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Ya... Pero si están sujetos a una placa identificatoria (patente diferente, pero patente igual...)

Cito la wiki:

EDIT: Ya lo acaraste

Ahora como buen campesino porfiao, insisto con la pregunta: ¿ La ley autoriza a los vehículos de las FFAA a circular SIN PATENTE (o como se llame esa placa identificatoria)...? EDIT: Ya respondido.

¿ Se dice en alguna parte que deben tener esa placa identificatoria sólo atrás del vehículo...?

No me queda claro... :zippycafe

EDIT: No vi tu post anterior y sólo me queda la duda planteada en la última pregunta...

Se entiende que las motos solo tienen porta patente trasero, dadas sus propias características, es muy poco factible para todos, el utilizar patentes delanteras.
Aún así, para los carabineros no es delito, pero sí para un civil, dada la ley de autopistas y su influencia en la ley de tránsito :zippy
Pero en un vistazo a la rápida del documento, no aparece nada que indique específicamente a las motos como portadoras de patentes traseras.
 

Pescador

Pajarón Viejo
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Se entiende que las motos solo tienen porta patente trasero, dadas sus propias características, es muy poco factible para todos, el utilizar patentes delanteras.
Aún así, para los carabineros no es delito, pero sí para un civil, dada la ley de autopistas y su influencia en la ley de tránsito :zippy
Pero en un vistazo a la rápida del documento, no aparece nada que indique específicamente a las motos como portadoras de patentes traseras.

Estados de excepción...

Mmmmm... :fffuuu Todavía quedan en Chile y al parecer de verdad no somos todos iguales ante la ley

Gracias por la info y la conversa...
 

Binco

BincoNitroso
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11 Septiembre 2007
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Excelente!! Finalmente hacen algo bien.

Ahora sólo falta cambiar el tamaño de las patentes de autos al tamaño Europeo, para el cual la mayoria viene diseñado. A todo esto, todo el Mercosur adoptó ya la medida de patente única en dicho tamaño.

Saludos.
 

nibal2

pajarón nuevo
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15 Junio 2007
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Estados de excepción...

Mmmmm... :fffuuu Todavía quedan en Chile y al parecer de verdad no somos todos iguales ante la ley

Estimado pescador, los vehículos de fuerzas de orden, emergencia y militares no deberían ajustarse estrictamente a las reglas del tránsito.

En el tránsito vehicular civil hay reglas que para un vehículo de carabineros o militar podrían ser poco prácticos o hasta mortales, como la imposibilidad de usar un parachoques de metal, protecciones a las ventanas que limitar la visibilidad, y varias otras cosas que portan esos vehículos, como medida de seguridad para sus ocupantes.

Por lo mismo, esos vehículos no son tratados como "normales" y si bien deben respetar las leyes del tránsito, se entiende que ante una emergencia vallan a exceso de velocidad, doblen donde no corresponde, se detengan en lugares no habilitados, mas que nada por sentido común. A este saco meto ambulancias, carros de bomba, carabineros, similares.

Las patentes de carabineros son mas que nada como inventario mas que para el RNVM.



IN TOPIC

Es una medida que se esperaba hace bastante tiempo.
Ojalá y se cumpla y antes de fin de año podamos quitar las placas delanteras.
 

K3rnelpanic

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1 Octubre 2007
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Estimado pescador, los vehículos de fuerzas de orden, emergencia y militares no deberían ajustarse estrictamente a las reglas del tránsito.

En el tránsito vehicular civil hay reglas que para un vehículo de carabineros o militar podrían ser poco prácticos o hasta mortales, como la imposibilidad de usar un parachoques de metal, protecciones a las ventanas que limitar la visibilidad, y varias otras cosas que portan esos vehículos, como medida de seguridad para sus ocupantes.

Por lo mismo, esos vehículos no son tratados como "normales" y si bien deben respetar las leyes del tránsito, se entiende que ante una emergencia vallan a exceso de velocidad, doblen donde no corresponde, se detengan en lugares no habilitados, mas que nada por sentido común. A este saco meto ambulancias, carros de bomba, carabineros, similares.

Las patentes de carabineros son mas que nada como inventario mas que para el RNVM.



IN TOPIC

Es una medida que se esperaba hace bastante tiempo.
Ojalá y se cumpla y antes de fin de año podamos quitar las placas delanteras.

La mía se salió ayer, y no la he vuelto a poner :zippyuy
 

nibal2

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15 Junio 2007
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Yo la tengo puesto de lado hace años, y nunca me han leseado por eso, ni carabineros y en la revisión técnica.
 

GORDIO

Tatita del Ritmo
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30 Agosto 2005
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osea que ahora sacar la patente de moto va a costar la mitad :retard
 
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