Impuestos por arriendo

GORDIO

Tatita del Ritmo
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30 Agosto 2005
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Bien por haberlo sacado papá.

No obstante, difiero de tu opinión del RAI, ya que tiene más consistencia que la diferencia pueda ser también negativa a que no. Tanto por texto de la Ley (que nunca hace diferencia) como por razonabilidad.

En caso de divisiones antes de 2015, fusiones inversas, FUT devengado, gastos Art. 31 inciso 3ro, rentas de fuente extranjera, imputación de impuesto de 1ra Cat. al FUT, sobre precio colocación de acciones, reinversiones en FUR antes de la reforma, tasaciones antes de 2013, empresas constituidas antes de 1974, rentas pre 84, impuesto tasa ex-Art. 21, etc. por aplicación de la misma Ley e interpretaciones, eso podría pasar.

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En el analisis simplista: La naturaleza de la Reforma era simplificar la manera de tributar.
pensando en eso, aparece el concepto de RAI (Rentas Afectas a Impuestos) y que iria de la mano con el FUT que hubiere.
Asi era simple la cosa. En un principio... pero...
Pero resulta que ya desde la renta anterior que tuvieron que modificar la validacion del codigo 1023 del F22, ya que al principio no aceptaba valores negativos y a mitad de la operacion renta lo cambiaron.
No puedo entender porque ahora pal calculo de RAI usaron el mismo criterio, si ya sabian que la cosa no era asi.
Al final resulto que cambiaron el criterio del dia anterior al vencimiento
resumen: son unos :cussing
 

ZANGHERI

Mugiwara
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11 Agosto 2008
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En el analisis simplista: La naturaleza de la Reforma era simplificar la manera de tributar.
pensando en eso, aparece el concepto de RAI (Rentas Afectas a Impuestos) y que iria de la mano con el FUT que hubiere.
Asi era simple la cosa. En un principio... pero...
Pero resulta que ya desde la renta anterior que tuvieron que modificar la validacion del codigo 1023 del F22, ya que al principio no aceptaba valores negativos y a mitad de la operacion renta lo cambiaron.
No puedo entender porque ahora pal calculo de RAI usaron el mismo criterio, si ya sabian que la cosa no era asi.
Al final resulto que cambiaron el criterio del dia anterior al vencimiento
resumen: son unos :cussing
No resistía análisis la interprrtación del SII ya que de haber tenido razón, esto sólo aplicaba sólo al saldo inicial al 1/1/2017. Al cierre 2017 ya la distinción era inaplicable y podías tener RAI $0 y STUT positivo.

El Art. 3ro transitorio sólo se refiere a la determinación del RAI al 1/1/2017, luego aplica Art. 14 letra B y ya no se toma el FUT.

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Dark Zeppelin

Fundador :yao
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21 Mayo 2006
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Ojo que lo que mencionas aplica para rentas exentas, no así para ingresos no renta.

Lo que recuerdo del DFL 2 y que hoy no tengo claro si ha cambiado (tengo claros los cambios del 2010), ya que no suelo asesorar personas, es que los DFL 2 son exentos para los impuestos de categoría y no se consideran para el computo de GC o adicional. Es una wea rara, claramente redactada por un abogado, pero para todos los efectos se tratan como ingreso no renta en caso de personas naturalez, por lo que si los declaras no recibirías el crédito por rentas exentas.

En resumen, no declares ni una wea Zuljin.


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Jajajajajajajaja te diste más vueltas que un perro, pero excelente respuesta.

OHH ! La vendi ! tienes toda la razon, son ingresos NO Renta no los declares zuljin.
Lo que yo mencione antes aplica a las rentas exentas, que es parecido pero no igual.
Viejo mi profe de Tributario te habría rajado con un 1 un horror así..
No he aprendido más tributario que con Massone.

Te lo pregunta porque en los giros exentos de impuesto esta el arriendo de inmueble SIN equipamiento. Como arriendas con una cama, estas en otro giro que si es afecto.

Pero como lo arriendas como persona natural, no es renta, asi que no es obligatorio que declares ni una wea.
Pero ese es el caso del arriendo de inmuebles amoblados que está afecto a IVA, y no hay exenciones, pero tiene formas especiales de calculo de la base imponible. y ....

PD: El gran problema es que la calidad de los funcionarios del SII es cada día peor.
 
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