Consulta leguleya, certificado de matrimonio

Zuljin

Fundador
Miembro del Equipo
Fundador
ADMIN
Se incorporó
15 Enero 2004
Mensajes
11.872
Amigos leguleyos, estimados abogados, tengo una duda legal con respecto al inicio "legal" de una sociedad conyugal.

Yo me casé por la iglesia un día 6 de mayo, e inscribí mi matrimonio en el registro civil un día 10 de mayo.
Tonces, el certificado de matrimonio que entrega el registro civil dice "fecha de inscripción: 10 de mayo".



Ahora bien...
Yo estoy realizando un trámite de compra de un inmueble con el banco, y me objetan el certificado de matrimonio porque dice fecha de "inscripción" ...


¿Es correcto que el banco me objete el certificado de matrimonio, extendido por el propio registro civil, sólo porque dice fecha de inscripción? Les mandé hasta un escaneo de la libreta de matrimonio que también dice "fecha de inscripción" y nada, me siguen objetando ese dato.


¿Pueden ayudarme con algún argumento legal para explicarles que esta situación es normal?

Gracias



 

NIN

Opteron Fanboy
Se incorporó
5 Septiembre 2005
Mensajes
1.447
habla con otro ejecutivo porque el que está debe ser tonto
 

Zuljin

Fundador
Miembro del Equipo
Fundador
ADMIN
Se incorporó
15 Enero 2004
Mensajes
11.872
habla con otro ejecutivo porque el que está debe ser tonto

Pero denme un argumento más "legal", si el trámite va bien avanzado, lo que pasa es que quedaron estancados en una estupidez mental de ellos y mandarlos a la chucha implica perder tiempo.
 

hashimoto

Gold Member
Se incorporó
30 Julio 2006
Mensajes
2.416
pide escalar el reclamo o el documenyo, a mi polola le paso similar con un papel con el bco chile
 

Dark Zeppelin

Fundador :yao
Se incorporó
21 Mayo 2006
Mensajes
9.604
Amigos leguleyos, estimados abogados, tengo una duda legal con respecto al inicio "legal" de una sociedad conyugal.

Yo me casé por la iglesia un día 6 de mayo, e inscribí mi matrimonio en el registro civil un día 10 de mayo.
Tonces, el certificado de matrimonio que entrega el registro civil dice "fecha de inscripción: 10 de mayo".



Ahora bien...
Yo estoy realizando un trámite de compra de un inmueble con el banco, y me objetan el certificado de matrimonio porque dice fecha de "inscripción" ...


¿Es correcto que el banco me objete el certificado de matrimonio, extendido por el propio registro civil, sólo porque dice fecha de inscripción? Les mandé hasta un escaneo de la libreta de matrimonio que también dice "fecha de inscripción" y nada, me siguen objetando ese dato.


¿Pueden ayudarme con algún argumento legal para explicarles que esta situación es normal?

Gracias




En que año te casaste?
Pero si matrimonio es posterior a 2005 esta dentro de la norma
Hago un vulgar copy and paste base

Párrafo 4º
De los matrimonios celebrados ante entidades religiosas
de derecho público
Artículo 20.- Los matrimonios celebrados ante
entidades religiosas que gocen de personalidad jurídica
de derecho público producirán los mismos efectos que el
matrimonio civil, siempre que cumplan con los requisitos
contemplados en la ley, en especial lo prescrito en este
Capítulo, desde su inscripción ante un Oficial del
Registro Civil.
El acta que otorgue la entidad religiosa en que se
acredite la celebración del matrimonio y el cumplimiento
de las exigencias que la ley establece para su validez,
como el nombre y la edad de los contrayentes y los
testigos, y la fecha de su celebración, deberá ser
presentada por aquellos ante cualquier Oficial del
Registro Civil, dentro de ocho días, para su
inscripción. Si no se inscribiere en el plazo fijado,
tal matrimonio no producirá efecto civil alguno.
El Oficial del Registro Civil verificará el
cumplimiento de los requisitos legales y dará a conocer
a los requirentes de la inscripción los derechos y
deberes que corresponden a los cónyuges de acuerdo a
esta ley. Los comparecientes deberán ratificar el
consentimiento prestado ante el ministro de culto de su
confesión. De todo lo anterior quedará constancia en la
inscripción respectiva, que también será suscrita por
ambos contrayentes.

Sólo podrá denegarse la inscripción si resulta
evidente que el matrimonio no cumple con alguno de los
requisitos exigidos por la ley. De la negativa se podrá
reclamar ante la respectiva Corte de Apelaciones.
Los efectos del matrimonio así inscrito se regirán,
en todo, por lo prescrito en esta ley y en los dem.............

Por lo tanto por las fechas tu matrimonio esta ajustado a derecho, capaz que el weveta no se ha actualizado o hay algo más, pero es raro.
 
Última modificación:

Zuljin

Fundador
Miembro del Equipo
Fundador
ADMIN
Se incorporó
15 Enero 2004
Mensajes
11.872
El matrimonio fue posterior al año 2005.
 

NIN

Opteron Fanboy
Se incorporó
5 Septiembre 2005
Mensajes
1.447
confirmado... el ejecutivo es un soquete

pide hablar con el supervisor mejor :v
 

Zuljin

Fundador
Miembro del Equipo
Fundador
ADMIN
Se incorporó
15 Enero 2004
Mensajes
11.872
Hablé con un abogado. Me dijo que legalmente el matrimonio es vigente desde el 10 de febrero (fecha en que lo inscribí), y que si el ejecutivo sigue hueveando le mande el "acta de matrimonio", un documento del registro civil en el que aparecen hasta los testigos.
 

oscaro35

Ácrata feliz
Se incorporó
18 Junio 2005
Mensajes
317
El ejecutivo debe tener algo que hace "que no le convenga" hacer tu trámite... porque estos wns ganan comisión por esto, se supone..

Debes hacer lo siguiente: Le haces ver al ejecutivo que está puro webeando, si no acepta este argumento pues te levantas de la silla y hablas con el ejecutivo de al lado...:zippy

Cuando compré mi casa, el weón que me tocó solo movía un dedo cuando le convenía a él..... al final hablé con su colega de al lado (porque por renta me aparecía como ejecutiva la agente de la sucursal así que podía hablar con cualquiera) y me solucionó los inconvenientes en un rato...
 

sebastian.bilbao

Abogueitor.
Se incorporó
31 Agosto 2005
Mensajes
3.683
el matrimonio tiene vigencia desde su celebración, no de la inscripción.
La inscripción es una formalidad, pero la fecha cierta es la del momento en que se celebra...
El abogado que te dijo que desde la inscripción, es un soquete.... Saludos. ( el 1715 del CC es el que rige.)

- - - Updated - - -

PS.. pide en la iglesia la copia del acta de celebración. Eso establece la fecha cierta. El certificado de matrimonio también lo debería decir en todo caso.

PS2. En todo caso, da un poco lo mismo para efecto de la sociedad Conyugal, pues por el 1750, los bienes del marido se confunden con la Sociedad Conyugal. En otras palabras, para tí, lo que hayas tenido, pasó a formar parte de la Sociedad Conyugal. Y lo que adquieras a título oneroso será de la Sociedad Conyugal.
 

Zuljin

Fundador
Miembro del Equipo
Fundador
ADMIN
Se incorporó
15 Enero 2004
Mensajes
11.872
el matrimonio tiene vigencia desde su celebración, no de la inscripción.
La inscripción es una formalidad, pero la fecha cierta es la del momento en que se celebra...
El abogado que te dijo que desde la inscripción, es un soquete.... Saludos. ( el 1715 del CC es el que rige.)

- - - Updated - - -

PS.. pide en la iglesia la copia del acta de celebración. Eso establece la fecha cierta. El certificado de matrimonio también lo debería decir en todo caso.

PS2. En todo caso, da un poco lo mismo para efecto de la sociedad Conyugal, pues por el 1750, los bienes del marido se confunden con la Sociedad Conyugal. En otras palabras, para tí, lo que hayas tenido, pasó a formar parte de la Sociedad Conyugal. Y lo que adquieras a título oneroso será de la Sociedad Conyugal.

Pero el certificado de matrimonio que extiende el registro civil menciona únicamente la fecha en que lo inscribí, no cuando se celebró :sconf , lo mismo que la libreta de matrimonio, así que un abogado o quién sea que lea el certificado de matrimonio (o la libreta de matrimonio) sólo va conocer la fecha de inscripción del matrimonio y no cuando se celebró... y dado que tú dices que legalmente es cuando se celebra en la iglesia ¿cómo la contraparte va a saber cuándo legalmente comenzó el matrimonio si no aparece la fecha de celebración?

- - - Updated - - -

el matrimonio tiene vigencia desde su celebración, no de la inscripción.
La inscripción es una formalidad, pero la fecha cierta es la del momento en que se celebra...
El abogado que te dijo que desde la inscripción, es un soquete.... Saludos. ( el 1715 del CC es el que rige.)

- - - Updated - - -

PS.. pide en la iglesia la copia del acta de celebración. Eso establece la fecha cierta. El certificado de matrimonio también lo debería decir en todo caso.

PS2. En todo caso, da un poco lo mismo para efecto de la sociedad Conyugal, pues por el 1750, los bienes del marido se confunden con la Sociedad Conyugal. En otras palabras, para tí, lo que hayas tenido, pasó a formar parte de la Sociedad Conyugal. Y lo que adquieras a título oneroso será de la Sociedad Conyugal.

Pero el certificado de matrimonio que extiende el registro civil menciona únicamente la fecha en que lo inscribí, no cuando se celebró :sconf , lo mismo que la libreta de matrimonio, así que un abogado o quién sea que lea el certificado de matrimonio (o la libreta de matrimonio) sólo va conocer la fecha de inscripción del matrimonio y no cuando se celebró... y dado que tú dices que legalmente es cuando se celebra en la iglesia ¿cómo la contraparte va a saber cuándo legalmente comenzó el matrimonio si no aparece la fecha de celebración?
 

sebastian.bilbao

Abogueitor.
Se incorporó
31 Agosto 2005
Mensajes
3.683
Pero el certificado de matrimonio que extiende el registro civil menciona únicamente la fecha en que lo inscribí, no cuando se celebró :sconf , lo mismo que la libreta de matrimonio, así que un abogado o quién sea que lea el certificado de matrimonio (o la libreta de matrimonio) sólo va conocer la fecha de inscripción del matrimonio y no cuando se celebró... y dado que tú dices que legalmente es cuando se celebra en la iglesia ¿cómo la contraparte va a saber cuándo legalmente comenzó el matrimonio si no aparece la fecha de celebración?

- - - Updated - - -



Pero el certificado de matrimonio que extiende el registro civil menciona únicamente la fecha en que lo inscribí, no cuando se celebró :sconf , lo mismo que la libreta de matrimonio, así que un abogado o quién sea que lea el certificado de matrimonio (o la libreta de matrimonio) sólo va conocer la fecha de inscripción del matrimonio y no cuando se celebró... y dado que tú dices que legalmente es cuando se celebra en la iglesia ¿cómo la contraparte va a saber cuándo legalmente comenzó el matrimonio si no aparece la fecha de celebración?

hay un certificado que emite el Ministro de culto.. que es el mismo que sirve para la inscripción...

Saludos.
 

ayn

MOD
Miembro del Equipo
MOD
Se incorporó
2 Noviembre 2005
Mensajes
5.255
en resumen, cagaste, vas a tener que casarte de nuevo.

Saludos
 

Dark Zeppelin

Fundador :yao
Se incorporó
21 Mayo 2006
Mensajes
9.604
No se si la iglesia católica emite aun la libreta de familia, y si esta adquirió validez para los burrócratas sic.

Tapatalk
 

darthdeckard

Miembro Regular
Se incorporó
18 Marzo 2009
Mensajes
95
Leo un poco tarde la cosa pero IMHO lo importante y lo bonito es el inicio de los efectos civiles de los matrimonios celebrados ante entidad religiosa. Uno de los efectos es el inicio del régimen patrimonial, el cual inició al momento de la ratificación del consentimiento dado anteriormente y la inscripción... Por tanto poco tiene de importancia el "inicio" del matrimonio sino la inscripción del mismo.
 
Subir