Estimados, como están...tanto tiempo.
Como hace 21 años que no me pasaban un parte y este lo pague por exorto por ser de Casablanca (que levante la mano a quien no le hayan sacado uno en esos tiempos en Casablanca jajaja) no estoy tan seguro de como proceder.
Mi auto que es viejito y que mantengo en calidad de joyita, por no tener sello verde tiene restricción de lunes a viernes de Mayo a Agosto; dado que no usamos auto en la semana y dado que tenemos otras prioridades como familia, como por ej el tratamiento medico de mi hija mayor, que sale carito, es que aun mantenemos nuestro querido Tatamovil, un Nissan Sentra AT 91, este....
El tema es que ayer me llego un parte empadronado por circular con restricción el día Sábado 06/07/2019, que si bien había pre emergencia, en todos lados, incluyendo el sitio de la UOCT, decía que ese día la restricción aplicaba para los dígitos 1-2-3-8-9-0.....mi auto tiene patente terminada en 6
Como supuse que había un error, hoy desde temprano estuve haciendo llamados...al JPL de Macul (ni me pescaron); al MTT ahí me atendió una Srta que después de escuchar mi historia y dejar en claro que no cachaba nada, me dijo que llamara al depto de fiscalización, de donde me dio el numero de teléfono.
Ahí me atendió un Sr super amable, que escucho toda mi historia y después de dejarme en espera un rato, me derivo con un especialista. Esta persona me explico que los dígitos publicados para las pre emergencias de fin de semana correspondían a la restricción FUERA del anillo Americo Vespucio; que dentro de este la prohibición era total para los autos sin sello verde...que en la ley estaba clarito.
Le explique a este Sr que lamentablemente la información dada en TODOS los medios, incluido el sitio de la UOCT, no hacía mención de esto, solo decía restricción para STGO sin distingo de adentro o afuera del anillo...me encontró toda la razón respecto a que la información era confusa, pero igual me dijo que no podía hacer nada al respecto.
Finalmente y después de buscar un rato la famosa ley, encontré un documento llamado "DTO-31_24-Establece-plan-de-prevención-y-descontaminacion-atmosférica-para-la-Región-Metropolitana-de-santiago" en donde después de leer 73 de sus 90 paginas me encontré con esta disposicicion para los días de pre emergencia ambiental.
La verdad es que creo que solo queda presentarme ante el/la Juez/a con la mayor cantidad de antecedentes posibles y apelar a su buena voluntad y a mi irreprochable conducta anterior...jajaja
Eso estimados...sorry por el Wall Text...escucho consejos.
Saludos.
Como hace 21 años que no me pasaban un parte y este lo pague por exorto por ser de Casablanca (que levante la mano a quien no le hayan sacado uno en esos tiempos en Casablanca jajaja) no estoy tan seguro de como proceder.
Mi auto que es viejito y que mantengo en calidad de joyita, por no tener sello verde tiene restricción de lunes a viernes de Mayo a Agosto; dado que no usamos auto en la semana y dado que tenemos otras prioridades como familia, como por ej el tratamiento medico de mi hija mayor, que sale carito, es que aun mantenemos nuestro querido Tatamovil, un Nissan Sentra AT 91, este....
El tema es que ayer me llego un parte empadronado por circular con restricción el día Sábado 06/07/2019, que si bien había pre emergencia, en todos lados, incluyendo el sitio de la UOCT, decía que ese día la restricción aplicaba para los dígitos 1-2-3-8-9-0.....mi auto tiene patente terminada en 6
Como supuse que había un error, hoy desde temprano estuve haciendo llamados...al JPL de Macul (ni me pescaron); al MTT ahí me atendió una Srta que después de escuchar mi historia y dejar en claro que no cachaba nada, me dijo que llamara al depto de fiscalización, de donde me dio el numero de teléfono.
Ahí me atendió un Sr super amable, que escucho toda mi historia y después de dejarme en espera un rato, me derivo con un especialista. Esta persona me explico que los dígitos publicados para las pre emergencias de fin de semana correspondían a la restricción FUERA del anillo Americo Vespucio; que dentro de este la prohibición era total para los autos sin sello verde...que en la ley estaba clarito.
Le explique a este Sr que lamentablemente la información dada en TODOS los medios, incluido el sitio de la UOCT, no hacía mención de esto, solo decía restricción para STGO sin distingo de adentro o afuera del anillo...me encontró toda la razón respecto a que la información era confusa, pero igual me dijo que no podía hacer nada al respecto.
Finalmente y después de buscar un rato la famosa ley, encontré un documento llamado "DTO-31_24-Establece-plan-de-prevención-y-descontaminacion-atmosférica-para-la-Región-Metropolitana-de-santiago" en donde después de leer 73 de sus 90 paginas me encontré con esta disposicicion para los días de pre emergencia ambiental.
La verdad es que creo que solo queda presentarme ante el/la Juez/a con la mayor cantidad de antecedentes posibles y apelar a su buena voluntad y a mi irreprochable conducta anterior...jajaja
Eso estimados...sorry por el Wall Text...escucho consejos.
Saludos.
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