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- 23 Mayo 2006
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La Comisión de Ciencias y Tecnologías de la Cámara de Diputados aprobó las modificaciones a la Ley General de Telecomunicaciones, para establecer la obligación de una velocidad mínima garantizada de acceso a Internet.
En la sesión, donde concurrió el Subsecretario de Telecomunicaciones, Pedro Huichalaf y el presidente ejecutivo de Atelmo, Guillermo Pickering, se concluyó la votación de las modificaciones propuestas al texto que ya había sido aprobado por la Comisión de Obras Públicas.
El texto, que se encuentra en su segundo trámite constitucional -fue aprobado por el Senado en junio de 2015- jutno con precisar normas sobre los proveedores de acceso a internet, establece que estos
deberán garantizar los umbrales definidos por la norma técnica de velocidades de acceso ofrecidas en sus distintos planes comerciales, tanto en las conexiones nacionales como internacionales, alámbricas e inalámbricas.
Asimismo, poner a disposición de los usuarios un sistema o aplicación que permita la medición de dichas velocidades y parámetros técnicos asociados.
Estas mediciones de calidad del servicio las ejecutará un organismo técnico independiente, que será designado por licitación pública de los proveedores del servicio de acceso a Internet, previa aprobación de las bases de dicha licitación por parte de la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
El diputado Ramón Farías (PPD), integrante de la Comisión de Ciencias, señaló que esta medida “va en directo beneficio de todas las chilenas y chilenos que contratan servicios de Internet banda ancha, independiente del proveedor que tengan. Hasta este momento no existía ninguna reglamentación que protegiera a los usuarios o clientes de malas prácticas en esta materia”.
“Si usted contrata un plan de 20 megas se debe respetar ese acuerdo, y no recibir un servicio que navega sólo al 50% de lo indicado en esa oferta. De no cumplirse esto, podrá dirigirse a la Subsecretaria de Telecomunicaciones (Subtel) para exigir la reparación o restauración del servicio, además de una compensación por el tiempo en que estuvo navegando a menor velocidad de la ofrecida”, explicó el legislador.
Asismismo, indicó que disponer de un sistema o aplicación de medición del umbral de navegación, permitirá que en cada hogar se pueda realizar esta medición y verificar los parámetros técnicos asociados.
https://www.camara.cl/prensa/noticias_detalle.aspx?prmid=128818
Al fin una buena noticia!
En la sesión, donde concurrió el Subsecretario de Telecomunicaciones, Pedro Huichalaf y el presidente ejecutivo de Atelmo, Guillermo Pickering, se concluyó la votación de las modificaciones propuestas al texto que ya había sido aprobado por la Comisión de Obras Públicas.
El texto, que se encuentra en su segundo trámite constitucional -fue aprobado por el Senado en junio de 2015- jutno con precisar normas sobre los proveedores de acceso a internet, establece que estos
deberán garantizar los umbrales definidos por la norma técnica de velocidades de acceso ofrecidas en sus distintos planes comerciales, tanto en las conexiones nacionales como internacionales, alámbricas e inalámbricas.
Asimismo, poner a disposición de los usuarios un sistema o aplicación que permita la medición de dichas velocidades y parámetros técnicos asociados.
Estas mediciones de calidad del servicio las ejecutará un organismo técnico independiente, que será designado por licitación pública de los proveedores del servicio de acceso a Internet, previa aprobación de las bases de dicha licitación por parte de la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
El diputado Ramón Farías (PPD), integrante de la Comisión de Ciencias, señaló que esta medida “va en directo beneficio de todas las chilenas y chilenos que contratan servicios de Internet banda ancha, independiente del proveedor que tengan. Hasta este momento no existía ninguna reglamentación que protegiera a los usuarios o clientes de malas prácticas en esta materia”.
“Si usted contrata un plan de 20 megas se debe respetar ese acuerdo, y no recibir un servicio que navega sólo al 50% de lo indicado en esa oferta. De no cumplirse esto, podrá dirigirse a la Subsecretaria de Telecomunicaciones (Subtel) para exigir la reparación o restauración del servicio, además de una compensación por el tiempo en que estuvo navegando a menor velocidad de la ofrecida”, explicó el legislador.
Asismismo, indicó que disponer de un sistema o aplicación de medición del umbral de navegación, permitirá que en cada hogar se pueda realizar esta medición y verificar los parámetros técnicos asociados.
https://www.camara.cl/prensa/noticias_detalle.aspx?prmid=128818
Al fin una buena noticia!