- Se incorporó
- 27 Febrero 2012
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Querid@s coforer@s, quienes trabajamos como independientes hemos sido "gratamente incorporados" al sistema de previsión chileno, y según las información, a partir del próximo año la renuncia a cotizar ya no será posible. Ahora bien, tengo un conocido que trabaja como independiente, vende diversos artículos y si no me equivoco tiene iniciación de actividades y entrega facturas. Antes estaba en Isapre y tenía contrato, luego lo despidieron y montó su actual negocio. Según me explica, se cambió a FONASA y como requisito le pedían cotizaciones en una AFP. Hizo las averiguaciones, fue a FONASA y le explicaron que podía imponer por el sueldo mínimo y quedaría con cobertura. Así que el ingresó a la página en donde se pagan las cotizaciones (AFP y salud), terminó el trámite y ya está al día.
Quedé un poco sorprendido con lo que me dijo, pues yo tenía entendido que las cotizaciones para este año debían ser con los porcentajes normales tomados del 80% de la renta. Será lo mismo para quienes trabajamos a honorarios?
Me puse a buscar información y me topé con una página que en un extracto dice los siguiente:
"Como los trabajadores independientes no tienen un sueldo fijo, pueden cotizar por el sueldo mínimo o por su sueldo promedio. Por ejemplo, Previsionarte indica que si la persona cotiza por el sueldo mínimo ($193 mil), entonces deberá pagar aproximadamente $26 mil a la AFP, cifra a la que se llega considerando el 10% de ese sueldo para la cotización propiamente tal, más el porcentaje por comisión AFP (que dependerá de la administradora) y el 1,26% correspondiente al seguro de invalidez y sobrevivencia.
Ahora, si quiere cotizar por un sueldo promedio, entonces deberá sumar todo lo ganado (boleteado) el año previo y dividirlo por 12. Este modo es lo más recomendable, según Previsionarte, ya que les permitirá tener una tasa de reemplazo asociada con algo real. Además, si aumentan sus ingresos, lo óptimo es que puedan ir subiendo también el monto que cotizan. Es importante no ver esto como un gasto sino como una inversión."
http://www.economiaynegocios.cl/mis_finanzas/detalles/detalle_fin.asp?id=1922
Será que por este año existe esa posibilidad? Lo que me extraña es que fue en Fonasa que le dieron el dato y le explicaron los trámites que debía hacer. Les agradecería cualquier información, saludos.
Quedé un poco sorprendido con lo que me dijo, pues yo tenía entendido que las cotizaciones para este año debían ser con los porcentajes normales tomados del 80% de la renta. Será lo mismo para quienes trabajamos a honorarios?
Me puse a buscar información y me topé con una página que en un extracto dice los siguiente:
"Como los trabajadores independientes no tienen un sueldo fijo, pueden cotizar por el sueldo mínimo o por su sueldo promedio. Por ejemplo, Previsionarte indica que si la persona cotiza por el sueldo mínimo ($193 mil), entonces deberá pagar aproximadamente $26 mil a la AFP, cifra a la que se llega considerando el 10% de ese sueldo para la cotización propiamente tal, más el porcentaje por comisión AFP (que dependerá de la administradora) y el 1,26% correspondiente al seguro de invalidez y sobrevivencia.
Ahora, si quiere cotizar por un sueldo promedio, entonces deberá sumar todo lo ganado (boleteado) el año previo y dividirlo por 12. Este modo es lo más recomendable, según Previsionarte, ya que les permitirá tener una tasa de reemplazo asociada con algo real. Además, si aumentan sus ingresos, lo óptimo es que puedan ir subiendo también el monto que cotizan. Es importante no ver esto como un gasto sino como una inversión."
http://www.economiaynegocios.cl/mis_finanzas/detalles/detalle_fin.asp?id=1922
Será que por este año existe esa posibilidad? Lo que me extraña es que fue en Fonasa que le dieron el dato y le explicaron los trámites que debía hacer. Les agradecería cualquier información, saludos.