PSA actualización contrato Fintual Acciones

Tautau

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Holis, quería compartir esto acá porque sé que varios usan Fintual Acciones para invertir. Resulta que mandaron un correo para firmar un contrato nuevo por el tema de las regulaciones y, en el correo, te tiran la parte buena del cambio, pero tratan de pasar piola que ahora podrían cobrar hasta un 1% anual de "Remuneración por Cartera".

La gracia de invertir en acciones y no en fondos mutuos es justamente ahorrarse ese tipo de comisiones. Si nos van a cobrar esto, mejor sería invertir directamente en un broker gringo y nos ahorramos esa plata.

Así que eso, ojo a los que usan Fintual para que no los pillen desprevenidos con este cobro extra.

TERCERO: REMUNERACIÓN.

Por la prestación del servicio de enrutamiento para la inversión en instrumentos y valores extranjeros FINTUAL AGF tendrá derecho a percibir desde un 0% hasta un máximo de 1% anual, sobre el total de activo y monedas en su Cartera (la "Remuneración por Cartera").

Sin perjuicio de lo anterior, FINTUAL AGF tendrá derecho a cobrar adicionalmente la siguiente remuneración por operación (la "Remuneración por Operación"): i) el mayor valor entre 0,49% del monto operado y $5 (cinco pesos chilenos), por cada dólar adquirido o vendido en cada operación de compra y venta de dólares de los Estados Unidos de América y ii) hasta USD$ 0,2 (veinte centavos de dólar de los Estados Unidos de América), por cada operación de compra y venta de valores e instrumentos financieros, de acuerdo con lo indicado en la cláusula CUARTA siguiente.

Asimismo, FINTUAL AGF podrá percibir aquellas remuneraciones e ingresos contemplados en el Contrato y sus demás Anexos suscritos por el CLIENTE, de conformidad a las condiciones indicadas en los mismos.

FINTUAL AGF podrá determinar discrecionalmente el porcentaje de Remuneración por Cartera y el monto de Remuneración por Operación que cobrará al CLIENTE, dentro de los rangos indicados, debiendo informarle previamente dicha determinación, con al menos 15 días de anticipación a su entrada a su cobro efectivo.

El cobro de la Remuneración por Cartera se devengará diariamente y será percibida por FINTUAL AGF en forma mensual, dentro de los cinco primeros días hábiles del mes siguiente a aquel en que ella se devengue. La Remuneración por Operación indicada en los literales i) y ii) del párrafo anterior, se verá reflejada en el precio del dólar que el CLIENTE acepte para cada operación, y en cada operación de compra y venta de valores, respectivamente.

La remuneración a pagar a FINTUAL AGF será gravada, de ser aplicable, con el Impuesto al Valor Agregado (IVA) vigente, el cual será de cargo y costo del CLIENTE. En todo caso, también será de cargo y costo del CLIENTE cualquier otro impuesto que pudiera gravar en el futuro dicha remuneración.

Para estos efectos, el CLIENTE autoriza a FINTUAL AGF para que deduzca directamente de la cartera el monto correspondiente a su remuneración, mediante la enajenación de los instrumentos financieros, valores o moneda extranjera que mantenga y/o el uso del efectivo que tenga disponible a la fecha de cobro.
 

SlayerBoxer

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16 Febrero 2020
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Holis, quería compartir esto acá porque sé que varios usan Fintual Acciones para invertir. Resulta que mandaron un correo para firmar un contrato nuevo por el tema de las regulaciones y, en el correo, te tiran la parte buena del cambio, pero tratan de pasar piola que ahora podrían cobrar hasta un 1% anual de "Remuneración por Cartera".

La gracia de invertir en acciones y no en fondos mutuos es justamente ahorrarse ese tipo de comisiones. Si nos van a cobrar esto, mejor sería invertir directamente en un broker gringo y nos ahorramos esa plata.

Así que eso, ojo a los que usan Fintual para que no los pillen desprevenidos con este cobro extra.

Progres rancios . Yo firmé nomas,ni lo lei.

Es como el impuesto que quería aplicar Biden sobre ganancias no realizadas ,pero estos tipos se fueron más al extremo,ya que lo harán acorde a un criterio arbitrario distinto a cada cliente

¿Racional tb hará lo mismo?
 

clusten

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Hola, les dejo como estaba hasta ayer.

Es el mismo contrato, salvo el punto i), donde colocan 5 pesos o 0.49% (asumo que es por si el dolar se va a más de luca).

QUINTO:
REMUNERACIÓN QUE PODRÁ SER CARGADA AL CLIENTE POR LA ADMINISTRACIÓN DE SU CARTERA.
Por la prestación del servicio de administración de cartera extranjera, FINTUAL AGF tendrá derecho a percibir desde un 0% hasta un máximo de 1,19% anual, IVA incluido, sobre el total de activos administrados ("Remuneración por AUM"). Sin perjuicio de lo anterior, FINTUAL AGF tendrá derecho a percibir adicionalmente la siguiente remuneración por operación ("Remuneración por Operación"):
i) hasta $5 (cinco pesos chilenos), IVA incluido, por cada dólar adquirido o vendido en cada operación de compra y venta de dólares de los Estados Unidos de América efectuada en el marco de la administración de su cartera, y;
ii) hasta USD$ 0,2 (veinte centavos de dólar de los Estados Unidos de América), IVA incluido, por cada operación de compra y venta de valores, de acuerdo con lo indicado en la cláusula Sexta siguiente. FINTUAL AGF podrá determinar discrecionalmente el porcentaje de Remuneración por AUM y el monto de Remuneración por Operación que cobrará al CLIENTE, dentro de los rangos indicados, debiendo informarle previamente dicha determinación con al menos 15 días de anticipación a su entrada en vigencia. El cobro de la Remuneración por AUM se devengará diariamente y será percibida por FINTUAL AGF en forma mensual, dentro de los 5 primeros dıá s hábiles del mes siguiente a aquél en que ella se devengue. La Remuneración por Operación indicada en los literales i) y ii) del párrafo anterior, se verá reflejada en el precio del dólar que el CLIENTE acepte para cada operación, y en cada operación de compra y venta de valores, respectivamente. La remuneración a pagar a FINTUAL AGF será gravada, de ser aplicable, con el Impuesto al Valor Agregado (IVA) vigente, el cual será de cargo y costo del CLIENTE. En todo caso, también será de cargo y costo del CLIENTE cualquier otro impuesto que pudiera gravar en el futuro dicha remuneración. Para estos efectos, el CLIENTE autoriza a FINTUAL AGF para que deduzca directamente de la cartera administrada el monto correspondiente a su remuneración, mediante el rescate de las cuotas de fondos mutuos que componen la cartera administrada, la enajenación de títulos representativos de índices, la enajenación de otro tipo de activo, y/o el uso del efectivo que tenga a la cartera a la fecha de cobro.

Por el lado bueno, ya no será necesario comprar ETF por si uno tiene liquidez, a futuro van a darte interes por el saldo (Ademas de ganar la posibilidad de retirar directo a una cuenta en dolares :D)


PD: edité el titulo por que no es nuevo cobro y hasta el momento se han mantenido en el 0% para custodia.
 

Tautau

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25 Febrero 2022
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Me mandaron un mensaje! Por lo que me dijeron no piensan ejercer ese cobro del 1%
Ese "hasta 1%" solo lo usaríamos en el caso que queramos ofrecer por ejemplo un portafolio que efectivamente administremos nosotros, no para invertir en acciones libremente, donde el costo es 0%. Jamás esconderíamos un cobro en un contrato!
 

pinorrea

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20 Noviembre 2014
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un asco, estaba holdeando en fintual, me respondieron:

Por el 1%:
- Actualmente, no tenemos planes de implementar el cobro del 1% anual sobre el saldo en acciones. Si en algún momento decidimos hacerlo, te avisaremos con al menos 15 días de anticipación para que puedas tomar las decisiones necesarias.

Por el cobro de 200 usd por retirar:
- el nuevo contrato nos da la opción de cobrar hasta 200 USD
 

SlayerBoxer

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Me mandaron un mensaje! Por lo que me dijeron no piensan ejercer ese cobro del 1%
Totalmente arbitrario , si no queda explicito en el contrato ,es como Boric cautivando a los apruebo tal cual flautista de Hamelin

Imaginen alguien que te quita 1% anual durante 20 años, eso es un 22.02% de interes acumulado.
 

esalinasu

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12 Septiembre 2020
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muchachos, abran cuenta en IBKR, se ahorran todos esos problemas, fondear IBKR, es super fácil.
 
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En resumen, el nuevo contrato abre la posibilidad de que te cobren mas, pero por el momento la empresa no ejercerá ese derecho.
 

clusten

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En resumen, el nuevo contrato abre la posibilidad de que te cobren mas, pero por el momento la empresa no ejercerá ese derecho.
Ya estaba abierta. Si arriba copié el texto del contrato vigente xD

Por cierto, articulo que sacaron aclarando:
 
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