Partes por no llevar chaleco , ni reflectantes de dia ? , he leido que han cursado , y la ley dice otra cosa ,....... esta bien por no uso del casco . Adicionalmente partes por usar la vereda ( no ciclo via ) e ir contra el transito , creo que en las condes y proviedencia han ocurrido , pero no es pareja su aplicacion . Donde si y no ?. Ademas saber ¿ los inspectores municipales estan facultados para cursar infracciones a ciclistas ?
Los carabineros e inspectores municipales están facultados para pasar partes (ley de tránsito art 4)
La bicicleta debe llevar reflectantes en las horquillas , luz roja hacia atrás, y blanca o amarilla hacia adelante.
El Decreto 116 habla de lo que tiene que tener la bicicleta.
Sobre el chaleco....
Artículo 6°.- Desde media hora después de la puesta de sol, hasta media hora antes de su salida y cada vez que las condiciones del tiempo lo requieran, losconductores de bicicletas que transiten por una vía pública deberán portar un chaleco, arnés o cinturón de bandolera, reflectante.
Entre más visible seas es mejor, manejas auto o moto? has notado que todos llevan las luces encendidas de día?
Mas leyes para ciclistas.
https://www.conaset.cl/ciclistas-decretos/
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