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- 12 Mayo 2008
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Nueva ley determina 5 motivos para sacar vehículos de circulación: norma entra en vigencia esta semana
Los 5 motivos:
– sin permiso de circulación vigente;
– sin certificado vigente del seguro obligatorio;
– sin revisión técnica o de homologación;
– con placa patente en mal estado u oculta, o
– con el número de identificación del vehículo (VIN) o motor adulterado o borrado
Para tener en cuenta:
Esta misma ley es la que obliga a poner la patente grabada en sus vidrios y espejos laterales
La obligación de grabar la placa patente única en vidrios y espejos laterales de los vehículos motorizados será aplicable conforme a lo siguiente:
a) Para vehículos nuevos, la obligación será exigible desde el cuarto mes de publicado el reglamento en el Diario Oficial.
b) Para vehículos comercializados con anterioridad a la publicación de esta ley, la obligación será exigible luego de transcurridos doce meses desde la publicación del reglamento en el Diario Oficial.
Se supone que esta ley es para evitar o tratar de entorpecer la venta de autos robados, tengo mis serias dudas que esta sea efectiva, pero les dejo acá el aviso para que estén al día con su documentación y eviten malos ratos.
Los 5 motivos:
– sin permiso de circulación vigente;
– sin certificado vigente del seguro obligatorio;
– sin revisión técnica o de homologación;
– con placa patente en mal estado u oculta, o
– con el número de identificación del vehículo (VIN) o motor adulterado o borrado
Nueva ley determina 5 motivos para sacar vehículos de circulación: norma entra en vigencia esta semana
Esta misma ley es la que establece que todos los automóviles deberán contar con la patente grabada, de forma permanente, en sus vidrios y espejos laterales.
www.biobiochile.cl
Para tener en cuenta:
Esta misma ley es la que obliga a poner la patente grabada en sus vidrios y espejos laterales
La obligación de grabar la placa patente única en vidrios y espejos laterales de los vehículos motorizados será aplicable conforme a lo siguiente:
a) Para vehículos nuevos, la obligación será exigible desde el cuarto mes de publicado el reglamento en el Diario Oficial.
b) Para vehículos comercializados con anterioridad a la publicación de esta ley, la obligación será exigible luego de transcurridos doce meses desde la publicación del reglamento en el Diario Oficial.
Biblioteca del Congreso Nacional | Ley Chile
Servicio proporcionado por la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN), que contiene la información jurídico-legislativa
www.bcn.cl
Se supone que esta ley es para evitar o tratar de entorpecer la venta de autos robados, tengo mis serias dudas que esta sea efectiva, pero les dejo acá el aviso para que estén al día con su documentación y eviten malos ratos.