- Se incorporó
- 27 Febrero 2012
- Mensajes
- 5.360
C&P
http://www.eldemocrata.cl/noticias/...a-circular-obligando-a-adoptar-estas-medidas/
http://www.latercera.com/noticia/of...ion-ninos-trans-colegios-genera-controversia/
La Superintendencia de Educación envió una circular dirigida a todos los sostenedores y directores de establecimientos educacionales del país y firmada por el superintendente Alexis Ramírez —a la cual El Demócrata tuvo acceso— para establecer “disposiciones que regulan los derechos de niños, niñas y estudiantes trans en el ámbito de la educación”.
DEFINICIÓN DE IDENTIDAD DE GÉNERO
El documento de nueve páginas define “género” como “los roles, comportamientos, actividades y atributos construidos social y culturalmente en torno a cada sexo biológico, que una comunidad en particular reconoce en base a las diferencias biológicas”.
Para la Superintendencia, la identidad de género es una “vivencia interna e individual del género tal como cada persona se siente profundamente, la cual podría corresponder o no al sexo asignado al nacer“. Asimismo, la “expresión de género” corresponde a “cómo una persona manifiesta su identidad de género”.
En tanto, trans quiere decir “personas cuya identidad y/o expresión de género no se corresponde con las normas y expectativas sociales tradicionalmente asociados con el sexo asignado al nacer“.
DERECHOS TRANS: EXPRESAR LA IDENTIDAD DE GÉNERO Y ORIENTACIÓN SEXUAL
Entre los derechos de los estudiantes trans que el gobierno establece, se encuentran:
OBLIGACIONES DE LOS SOSTENEDORES Y DIRECTIVOS
- El derecho a recibir una educación que les ofrezca oportunidades para su formación y desarrollo integral, atendiendo especialmente las circunstancias y características del proceso que les corresponde vivir.
- Derecho a no ser discriminados arbitrariamente por el Estado, ni por las comunidades educativas, en ningún nivel ni ámbito de la trayectoria educativa.
- Derecho a estudiar en un ambiente de respeto mutuo, con trato digno e igualitario en todos los ámbitos, en especiales en los de las relaciones interpersonales y de la buena convivencia.
- Derecho a expresar la identidad de género propia y su orientación sexual.
En tanto, la circular asegura que “los sostenedores, directivos, docentes, educadores, asistentes de la educación y otras personas que componen a la comunidad estimativa, están obligados a respetar todos los derechos que resguardan a niños, niñas y estudiantes”.
En esa línea, la Superintendencia de Educación expresa que “la vulneración de estos derechos constituye una infracción de suma gravedad a las disposiciones que regulan la materia, en cuanto legal, tanto nacional como las convenciones internacionales firmadas y ratificadas por Chile que establecen el resguardo de la no discriminación”.
PROCEDIMIENTO PARA EL RECONOCIMIENTO DE LA IDENTIDAD DE GÉNERO
El documento sostiene que los padres, tutores legales o apoderados de aquellos niños trans, así como el estudiante en caso de contar con la mayoría de edad, “podrán solicitar al establecimiento educacional el reconocimiento de su identidad de género, medidas de apoyo y adecuaciones pertinentes de la etapa por la cual transita su hijo/a, pupilo/a o estudiante”.
Para esto, los padres “deberán solicitar una entrevista o reunión con la máxima autoridad educativa del establecimiento (…) quien tendrá que dar las facilidades para concretar dicho encuentro en un plazo no superior a cinco días hábiles, que deberá ser registrado por medio de un acta simple, que incluya los acuerdos alcanzados, las medidas a adoptar y la coordinación de los plazos para su implementación y seguimiento”.
“Toda medida deberá ser adoptada con el consentimiento previo de la niña, niño o estudiantes, y su padre, madre, tutor legar o apoderado, velando siempre por el resguardo de su integridad física, psicológica y moral”, dice la circular.
MEDIDAS CONCRETAS QUE DEBERÁN ADOPTAR LOS COLEGIOS
Entre las medidas concretas que los establecimientos deberán implementar, se encuentran:
Finalmente, el documento expresa que “los establecimientos educativos deberán conocer e implementar las disposiciones establecidas en los cuerpos legales citados en esta circular en los términos señalados, ya que su incumplimiento constituye una infracción, que será sancionada en el procedimiento administrativo conforme a la gravedad de la misma”.
- La utilización de lenguaje inclusivo para eliminar estereotipos de género (mundialmente han usado términos como “niñxs”, “niñ@s” o la letra “E”).
- Promover espacios de reflexión, orientación, capacitación acompañamiento y apoyo a los miembros de la comunidad educativa, con el objetivo de garantizar la promoción y reguardo de los derechos de las niñas, niños y estudiantes trans.
- En caso de que el niño trans tenga un nombre social —independiente de su nombre legal— todas las personas que componen la comunidad educativa deberán tratar siempre y sin excepción a la niña, niño o estudiante, con el nombre social que ha dado a conocer en todos los ambientes que componen el espacio educativo. Por ejemplo, si un niño legalmente se llama Carlos, pero su nombre social ahora es Sofía, todos deberán llamarlo Sofía.
- Presentación personal: El niño, niña o estudiante trans tendrá el derecho a utilizar el uniforme, ropa deportiva y/o accesorios que considere más adecuado a su identidad de género. Para esto se espera que los manuales de convivencia escolar se ajusten a derecho, de acuerdo a la normativa vigente.
- Utilización de servicios higiénicos: Se deberá dar facilidades a los niños trans para el uso de baños y duchas de acuerdo a las necesidades propias del proceso que estén viviendo, respetando su identidad de género. Las adecuaciones podrán considerar baños inclusivos u otras alternativas previamente acordadas.
http://www.eldemocrata.cl/noticias/...a-circular-obligando-a-adoptar-estas-medidas/
Hace poco más de un año que entró en vigencia la Ley de Inclusión, que termina con la selección, el copago y prohíbe la discriminación arbitraria al interior del establecimiento. Y para reforzar este último punto este viernes la Superintendencia de Educación envió a los colegios una circular para resguardar el derecho a la educación de niños y jóvenes transexuales.
En el documento, la superintendencia señala que la idea es garantizar que se cumpla la Convención sobre los Derechos del Niño, para así asegurar el desarrollo físico, mental, psicológico y social de los menores.
Así, el organismo dice que los colegios deben respetar los derechos de los alumnos trans y para ello tienen que adoptar medidas de apoyo de acuerdo a la identidad de género de los estudiantes, como el uso del nombre social, uniforme y facilitar “el uso de baños y duchas de acuerdo a las necesidades propias del proceso que estén viviendo, y respetando su identidad de género”.
Sobre esto, el superintendente Alexis Ramírez explica que los establecimientos pueden buscar fórmulas para aplicar esto. En ese sentido, dijo que “no hay una única fórmula. De hecho, hay numerosas experiencias exitosas de colegios que han aplicado mecanismos consensuados con las familias. El objetivo es el interés superior del alumno”.
Si un colegio se niega a tomar medidas, habrán sanciones conforme a la gravedad de los hechos, “pero lo importante es que se visibilice la realidad de estos niños”, dijo Ramírez quien agregó que la circular “viene a responder a una necesidad de los establecimientos que ya están viviendo esta realidad”.
El documento ha generado respuestas divididas. Rodrigo Díaz, abogado de la Federación de Instituciones de Educación Particular (Fide), cuestiona qué pasará con los colegios confesionales que “entienden que ciertas conductas no se ajustan a la visión que ellos tienen. Si un sostenedor no está de acuerdo, tendrá que recurrir a tribunales”.
Hernán Herrera, presidente de la Corporación Nacional de Colegios Particulares de Chile (Conacep), dice que los colegios deberán cumplir, pero se puede generar un problema con los apoderados “sobre todo cuando estamos hablando de un niño trans que entre a un baño que desde el punto de vista morfológico no le corresponde”.
Herrera remarca que este tipo de dictámenes “deben ser trabajados con equipo de psicólogos, apoderados, profesores, y en un contexto consensuado llegar a un acuerdo, no debe ser algo impuesto”.
Para Isabel Amor, directora de Educación de la Fundación Iguales, es importante que el gobierno incentive prácticas de inclusión como estas. Respecto a respetar la decisión de los padres que no quieran dejar a sus hijos compartir con un niño trans, Amor sostiene que “eso también se podría aplicar con un niño extranjero. Por eso es importante que se aplique esto con todas sus dimensiones. La inclusión no es solo hacia la diversidad de género, sino que a la diversidad total”.
Según Amor, este documento establece un marco que permite a la escuela tener un diálogo con la comunidad para que “construyan escuelas inclusivas. Con frecuencia pensamos qué pasa con el padre que no quiere que su hijo comparta sala con menores de otra religión, pero no pensamos en el otro lado”.
Por eso, dice Amor, hay que saber que todos los niños, sin importar su raza, religión u orientación sexual “tienen derecho a ser educados y nuestro deber es darles el contexto para que esa educación sea lo más sana posible”.
http://www.latercera.com/noticia/of...ion-ninos-trans-colegios-genera-controversia/