Consulta laboral sobre horario de trabajo y trayectos.

pnxo

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17 Diciembre 2009
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Buenas, recurro a ustedes por la siguiente consulta:
Resulta que me jefecito me hecho la foca por la cantidad de horas extras, me dijo que hizo sus averiguaciones y que el horario a marcar en el libro es cuando se llega al lugar de trabajo y no cuando se sale de casa, me dio de ejemplo la celulosa Arauco (soy de Valdivia), "los buses pasan a las 6 am a buscar a la gente y marcan cuando llegan a la planta, o sea 8 am". De acuerdo, hasta ahí todo bien, el tema es que mi lugar de trabajo, o sea el domicilio de la empresa es en Valdivia centro, y yo salgo a trabajar a terreno, Vilcun, Mariquina, Los Lagos, La Union, Osorno, etc... Mi contrato esta como técnico y conductor. Marco en el libro desde que salgo de mi casa, ya que hay lugares a los que tardo 4 horas en llegar y la pega ahí no pasa de los 30 minutos. Alguien entendido en temas laborales que me oriente por favor? A veces debo salir a las 5 am para llegar y cumplir con las visitas que tengo programadas en un día, llegando a las 20 horas del mismo día a casa, donde el 80% del tiempo estoy manejando.
Quedo atento a sus comentarios y disculpen el papiro.
silbando.gif

PD: si no va aquí mover plis.
 

mmirandap

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1 Septiembre 2006
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Deberias marcar a la hora que segun contrato indica el comienzo de la jornada laboral, ejemplo: 8AM, marcas a esa hora...
 

ayn

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2 Noviembre 2005
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Bueno en realidad tienes dos alternativas:

1.- Hacer lo que estas haciendo hasta ahora previa conversacion con el jefe del porque lo haces para que te acepte la condicion.
2.- Llega a la oficina a la hora en la cual esta pactado en tu contrato y recien desde ahi te diriges a los clientes, si alcanzas a ver solo a uno en el dia, bueno nada que hacer, tu jefe en algun momento se dara cuenta que a) continua con el esquema de horas extra anterior, volviendo al inicio ó b) necesita otro tecnico, que le saldra lo mas probable mas caro que pagarte las horas extra a ti ya que necesita otro vehiculo y toda la cacha de la espada, lo que nuevamente te llevara de vuelta al punto inicial.

El segundo punto es un poco mas riesgoso ya que implica generar una crisis dentro de la empresa, pero si tu jefe no quiere que hagas horas extra seria la unica alternativa.

Saludos!
 

nibal2

pajarón nuevo
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15 Junio 2007
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Lo mejor es explicarle bien jefe el tema, ojalá de una forma que quede constancia de lo que explicas, porque si tu jefe es mariconazo y el tema provoca crisis en la empresa, puede que te quiera hacer responsable.
 

K3rnelpanic

non serviam
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1 Octubre 2007
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Puta la empresa mal organizada. Si andas todo el día en terreno y te vas directo, pues entonces no deberías estar bajo jornada ordinaria sino bajo el fatídico artículo 22 que no te pide cumplir horario. Eso implica no pagar horas extras ni ser "controlado", sino cumplir metas.
Al parecer a tu jefe le parece mal que estes haciendo muchas horas extras. Así como lo veo yo, dile que entonces te apegaras al horario indicado en el contrato de trabajo y listo, los clientes que no alcances a visitar y queden fuera de ese horario seran por culpa del jefe.
 

sr_meck

a.k.a chikogollo
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14 Mayo 2004
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Por lo que tengo entendido bajo un contrato normal, el tiempo de traslado no es considerado hora extra, por lo cual, en rigor deberías llegar a la empresa marcar y desde ahí salir a los clientes. Ojo que tambien hay un tema de seguridad involucrado que seria en el caso que tengas un accidente de trayecto.

En todo caso lo mejor es que te dirijas a la inspección del trabajo y ahí te puede orientar.

Saludos
 

trowa

yippie kay ey mother f***
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2 Junio 2006
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Tal como dijeron antes, lo que corresponde es que llegues a tu puesto de trabajo, marques, y desde ese ahí te traslades a ver clientes. El tiempo de traslado desde tu casa a la empresa no se debería contar como trabajado, y ademas, si te ocurre un accidente desde tu casa hasta el primer cliente (como lo haces ahora) lo mas probables es que tu y la empresa tengan problemas porque no estaría claro si es accidente laboral o de trayecto (no sería la ruta habitual casa/empresa), y ademas si te llegase a pasar un accidente grave en ese trayecto y no has marcado en el libro porque te fuiste directo a ver a tus clientes, eventualmente la empresa (si es una siniestra) podría hasta decir que no fuiste a trabajar y que ellos no te mandaron ahí porque no habría registro de tu llegada al inicio de la jornada laboral.
Conversa bien el tema y ante cualquier duda consulta en la inspección.
 

sr_meck

a.k.a chikogollo
REPORTERO
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14 Mayo 2004
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Tal como dijeron antes, lo que corresponde es que llegues a tu puesto de trabajo, marques, y desde ese ahí te traslades a ver clientes. El tiempo de traslado desde tu casa a la empresa no se debería contar como trabajado, y ademas, si te ocurre un accidente desde tu casa hasta el primer cliente (como lo haces ahora) lo mas probables es que tu y la empresa tengan problemas porque no estaría claro si es accidente laboral o de trayecto (no sería la ruta habitual casa/empresa), y ademas si te llegase a pasar un accidente grave en ese trayecto y no has marcado en el libro porque te fuiste directo a ver a tus clientes, eventualmente la empresa (si es una siniestra) podría hasta decir que no fuiste a trabajar y que ellos no te mandaron ahí porque no habría registro de tu llegada al inicio de la jornada laboral.
Conversa bien el tema y ante cualquier duda consulta en la inspección.

Creo que en ese punto ya no es requerimiento para la definición de "accidente de trayecto" por eso es bueno que valla a darse una vuelta x la inspección del trabajo

Saludos
 

gfpcware

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21 Noviembre 2007
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No se si la ley para los seres humanos sean las mismas , pero para los esclavos del sistema de salud publico existe algo llamado "Comision de servicio", que es cuando la direccion del trabajo al que vas difiere de el de tu puesto de trabajo habitual.


Atte

G.
 

pnxo

Pro
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17 Diciembre 2009
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Gracias por sus consejos, iré a dar una vuelta a la inspección a penas tenga tiempo.
 

sebastian.bilbao

Abogueitor.
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31 Agosto 2005
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Hay que ver primero el contrato de trabajo. Si hay alguna cláusula que remita al Art. 22. De lo contrario, se marca al llegar. El trabajador debe asumir el tiempo de traslado, salvo Art. 22, 25 y otros...
 

Rorito

Rorito
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15 Marzo 2007
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en las empresas mineras ese tiempo se llama la hora minera y es que cuando e trabajador aborda el bus ya esta a disposición del empleador y eso hoy en día se paga como tiempo trabajado
pero hay que tener en cuenta que las empresas a través de personas que ostentan cargos de jefes siempre van a tratar de pagar lo menos posible ya que los jefes ,con sus remuneraciones mayores que la del resto del personal, no requiere control de horario ni cobrar horas extras y como ellos trabajan sin control de horarios y no cobran horas extras no entienden porque el trabajador que gana mucho menos que ellos les gusta cobrar horar extras y eso ni a palos se lo van a meter en la mollera, sencillamente no lo entienden
 

hashimoto

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30 Julio 2006
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2.416
No se si la ley para los seres humanos sean las mismas , pero para los esclavos del sistema de salud publico existe algo llamado "Comision de servicio", que es cuando la direccion del trabajo al que vas difiere de el de tu puesto de trabajo habitual.


Atte

G.
para los normales no acoge la comision de servicio...
 
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